Novedades Legislativas

Modificaciones en el documento único administrativo (DUA)

Logística comercial global. DUA

Se modifican las instrucciones para la formalización del DUA para adaptar las declaraciones aduaneras a los nuevos mensajes previstos en el Código Aduanero de la Unión.

En el BOE de 12 de septiembre de 2019 se ha publicado la Resolución de 2 de septiembre de 2019, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 11 de julio de 2014, en la que se recogen las instrucciones para la formalización del documento único administrativo (DUA), para implantar y adaptar de una manera paulatina el contenido de las declaraciones aduaneras, legalmente soportadas en mensajes electrónicos, así como de los sistemas informáticos para la gestión de las mismas que suponen una mayor interrelación entre los distintos Estados miembros así como la alimentación y utilización de bases de datos comunes.

Proyecto de Orden de aprobación del modelo 3XX: Regularización de cuotas devueltas con anterioridad al inicio de la realización habitual de entregas bienes o prestaciones de servicios

Proyecto de Orden de aprobación de la declaración informativa correspondiente al modelo 3XX

Esta declaración informativa se presentará en el mismo plazo en que corresponda presentar la última declaración-liquidación del primer año natural completo posterior al inicio de la realización habitual de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a su actividad.

En la página web del Ministerio de Hacienda se ha publicado, para los trámites de audiencia e información pública, el Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 3XX, regularización de cuotas devueltas con anterioridad al inicio de la realización habitual de entregas bienes o prestaciones de servicios, que tienen que presentar los contribuyentes que hubieran estado sometidos a la competencia exaccionadora de una Administración tributaria, foral o común, en los períodos de liquidación anteriores al momento en que inicien la realización habitual de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a su actividad y a otra diferente en los períodos de liquidación posteriores, o cuando haya variado sustancialmente la proporción en la que tributan a las distintas Administraciones, común o forales, en los mencionados períodos de liquidación para regularizar las cuotas devueltas, efectuándose la misma de conformidad con los porcentajes de tributación a cada una de las Administraciones afectadas correspondientes al primer año natural completo posterior al inicio de la realización habitual de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a su actividad.

Bizkaia estrenará en 2020 un nuevo reglamento de recaudación

Imagen de un hombre joven de negocios y tecnología

Bizkaia aprueba un nuevo reglamento de recaudación con efectos para 2020 y modifica sus reglamentos y de revisión en vía administrativa, de inspección tributaria, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades  y desarrolla el régimen fiscal de la UEFA 2020.

En el BOB de hoy, 23  de agosto de 2019 se ha publicado el  DECRETO FORAL 125/2019, de 21 de agosto, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Bizkaia, se desarrolla el régimen fiscal de la fase final de la UEFA Euro 2020 y se modifican el Reglamento de desarrollo de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia, en materia de revisión en vía administrativa, el Reglamento de inspección tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia y los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.

Mediante esta norma se aprueba un nuevo Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Bizkaia, con efectos desde 1 de enero de 2020, para adaptar dicha norma a las nuevas funciones encomendadas al Servicio de Inspección Recaudatoria, configurándose como un nuevo texto reglamentario completo más moderno, armonizado y con un lenguaje acorde con la perspectiva de género. En lo que se refiere a la deuda, encontramos modificaciones sustanciales:  ampliación de los medios de pago, incluyendo las tarjetas de crédito y débito y destaca la previsión de que el pago de la deuda pueda realizarse mediante transferencia bancaria o cargo en cuenta; en materia de aplazamiento o fraccionamiento del pago de las deudas, se actualiza la tramitación de la solicitud y se establece que dicha solicitud deberá realizarse en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia y modifica la regulación de la dispensa de la garantía e  introduce nuevas variables como la insuficiencia sobrevenida de garantías.

Armonización de la normativa fiscal alavesa a las diversas modificaciones introducidas por el Estado en varios Impuestos

Imagen de una hucha con forma de cerdito y un enchufe al lado

Alava armoniza su regulación fiscal de los II.EE,  en concreto se configura el Impuesto especial sobre la Electricidad como un Impuesto que grava el suministro de energía eléctrica, establece la aplicación del tipo reducido del IVA del 10% a los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos, modifica los tipos de gravamen del Impuesto sobre Actividades de Juego y establece la neutralidad de determinadas reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava del pasado 12 de agosto de 2019 se publicó el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 1/2019, del Consejo de Gobierno Foral de 30 de julio, por el que se aprueba la adaptación a la normativa tributaria alavesa a las diversas modificaciones introducidas por el Estado en varios Impuestos. En concreto, el Impuesto especial sobre la Electricidad deja de configurarse como un Impuesto sobre la fabricación para pasar a ser un Impuesto que grava el suministro de energía eléctrica para consumo o su consumo por los productores de aquella electricidad generada por ellos mismos persiguiéndose con esta modificación una reducción de costes administrativos, tanto para los distintos actores del mercado eléctrico, como para la Administración, adaptándose la normativa a lo establecido en el Directiva de la Unión Europea.  

Álava modifica los reglamentos de obligaciones censales y de información sobre derechos de suscripción

Imagen de la mano de un hombre escribiendo en teclado en Álava

Álava regula las nuevas opciones que tienen determinados sujetos pasivos para que sus servicios prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones y de radiodifusión y televisión efectuados a consumidores finales y centraliza todo el suministro informativo sobre operaciones con derechos de suscripción en la entidad depositaria.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava se ha publicado hoy, 31 de julio de 2019, el DECRETO FORAL 34/2019, del Consejo de Gobierno Foral de 23 de julio, por el que se aprueban diversas modificaciones en el Decreto Foral 3/2011, de 25 de enero, que regula el censo de los contribuyentes y las obligaciones censales y en el Decreto Foral 111/2008, de 23 de diciembre, que regula la obligación de informar sobre cuentas, operaciones y activos financieros, así como sobre bienes y derechos situados en el extranjero, que surtirán efecto desde el 1 de enero de 2019.

Modificación de los Reglamentos navarros de IVA, IS, IRPF, obligaciones de facturación, censales e identificación fiscal

Imagen de una lupa, calculadora, gafas, movil, boli y un folio en el que estaría el reglamento a modificar

Publicado el Decreto Foral 75/2019 de Navarra, de 26 de junio, que modifica los Reglamentos de IVA, IRPF, IS, y obligaciones de facturación, censales y de identificación fiscal.
En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 30 de julio de 2019 se ha publicado el DECRETO FORAL 75/2019, de 26 de junio, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo, el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Decreto Foral 23/2013, de 10 de abril, el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Decreto Foral 114/2017, de 20 de diciembre, y el Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el NIF y determinados censos relacionados con él.

Andalucía modifica la deducción por nacimiento o adopción de hijos en su nueva Ley de Presupuestos

Madre con su bebé recién nacido en el hospital

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha publicado la Ley de Presupuestos de la Comunidad de Andalucía para 2019 con modificaciones en la regulación del IRPF y el Impuesto sobre Hidrocarburos

La Ley 3/2019, publicada el 24 de julio, y vigente desde el día siguiente, introduce diversas modificaciones en el ámbito fiscal, entre las que podemos destacar:

IRPF:

Consulta pública previa sobre la transposición parcial de la Directiva (UE) 2017/1852 de mecanismos de resolución de litigios fiscales

La Directiva UE 2017/1852 sobre resolución de litigios fiscales en la UE, establece normas relativas a los litigios que pueden surgir en la interpretación y aplicación de los convenios por los que se dispone la eliminación de la doble imposición de la renta y, en su caso, del patrimonio. La trasposición de la Directiva requiere la modificación del RD Legislativo 5/2004, de 5 de marzo y del Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa, aprobado por el RD 1794/2008, de 3 de noviembre.

La Directiva establece su aplicación a los tratados fiscales bilaterales y el Convenio de Arbitraje de la Unión con el objetivo de garantizar la seguridad jurídica y un entorno empresarial propicio a las inversiones a través de unos regímenes tributarios justos y eficaces y crear un marco armonizado y transparente para resolver los litigios.

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