Novedades Legislativas

Navarra armoniza las exenciones y rebaja de tipos en el IVA e II.EE, prorroga durante 2023 las rebaja del IVA de mascarillas y vacunas, entregas de gas, combustible y electricidad y la suspensión del IVPEE y modifica el Impuesto transacciones financieras

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Navarra incorpora nuevas exenciones para las fuerzas armadas (también respecto a los impuestos especiales de fabricación), rebaja el tipo aplicable a productos sanitarios y de higiene femenina, actualiza la normativa de IVA para adaptarla a la normativa aduanera comunitaria, se establecen determinadas modificaciones respecto al mecanismo de inversión del sujeto pasivo y al procedimiento de recuperación por el sujeto pasivo del IVA devengado de créditos incobrables. Por otro lado,  prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 la aplicación del el tipo reducido aplicable a la electricidad y al gas y otros combustibles, a mascarillas y vacunas contra el COVID-19  en sistemas de calefacción y la suspensión del IVPEE y establece la rebaja del tipo de IVA a alimentos básicos, además de la exención en el Impuesto sobre las transacciones financieras a las adquisiciones realizadas por Fondos de pensiones de Empleo y por Mutualidades de Previsión Social o Entidades de Previsión Social Voluntaria sin ánimo de lucro.

En el Boletín Oficial de Navarra de 7 de febrero de 2023 se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 1/2023, de 25 de enero, de armonización tributaria, por el que se modifican la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, la Ley Foral 20/1992, de 30 de diciembre, de Impuestos Especiales, la Ley Foral 37/2022, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre las Transacciones Financieras y se prorrogan determinadas medidas en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido y con el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica.

En materia de IVA se incorporan numerosas modificaciones. En primer lugar, se establece un régimen de exenciones similar al que ya estaba previsto para las fuerzas armadas de cualquier Estado parte del Tratado del Atlántico Norte. Este régimen de exenciones se amplía a las fuerzas armadas de los Estados miembros que participan en actividades en el marco de la política común de seguridad y defensa. De esta forma, se declaran exentas las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes realizadas por las referidas fuerzas armadas, para su uso o del personal civil a su servicio, así como para el suministro de los comedores o cantinas de las mismas. En el ámbito de los Impuestos Especiales de fabricación, pasará a estar exenta la fabricación y la importación de productos objeto de los impuestos especiales de fabricación, destinados a las fuerzas armadas de cualquier Estado miembro distinto de España, para uso de dichas fuerzas o del personal civil a su servicio, o para el abastecimiento de sus comedores o cantinas, siempre que dichas fuerzas estén afectadas a un esfuerzo de defensa realizado para llevar a cabo una actividad de la Unión en el ámbito de la política común de seguridad y defensa.

Gipuzkoa estrena un nuevo Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Gipuzkoa, reglamento, ISD, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Dibujo de dos ancianos en el campo y primer plano de una mano firmando un testamento

Gipuzkoa aprueba un nuevo Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en desarrollo de su Norma Foral 2/2022, de 10 de marzo, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 6 de febrero de 2023 se ha publicado el DECRETO FORAL 1/2023, de 17 de enero, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, para actualizar el desarrollo reglamentario vigente del referido impuesto, y ajustarlo al nuevo contenido de la NORMA FORAL 2/2022, de 10 de marzo, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que incorpora una parte importante del contenido del reglamento del impuesto anterior.

Aprobados los modelos de declaración de los gravámenes temporales energético y de entidades de crédito: modelos 795, 796, 797 y 798

Modelos 795 y 797

Como es conocido la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, creó 2 gravámenes temporales: el energético y el de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, los cuales tienen la naturaleza jurídica de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario y se exigirán en los años 2023 y 2024.

La obligación de pago de ambos gravámenes nace el 1 de enero de los años en que resulte exigible e incluye la obligación de satisfacer un pago anticipado.

Para ello, la Orden HFP/94/2023, de 2 de febrero (BOE de 3 de febrero), aprueba los modelos 795, "Gravamen temporal energético. Declaración del ingreso de la prestación", 796, "Gravamen temporal energético. Pago anticipado", 797, "Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Declaración del ingreso de la prestación" y 798, "Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Pago anticipado", y establece las condiciones y el procedimiento para su presentación.

Proyecto de Orden que aprueba la relación de valores negociados en centros de negociación a efectos del IP y del modelo 189 y que modifica el modelo 179 sobre inmuebles turísticos

El Ministerio de Hacienda ha publicado el Proyecto de Orden que aprueba la relación de valores negociados en centros de negociación, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2022. 

El Gobierno aprueba el proyecto para reformar la ley del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra

El Ministerio de Hacienda ha publicado la nota de prensa que informa de la aprobación del Proyecto de Ley sobre la reforma del concierto navarro. Imagen del edificio del Parlamento de Navarra

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra., con el objetivo de incorporar al Convenio los últimos cambios operados en el ordenamiento tributario. 

Los cambios que motivan la modificación del Convenio son los siguientes: 

El Gobierno aprueba los proyectos de ley sobre la renovación del cupo y el concierto de nuevos impuestos en el País Vasco

Renovación cupo nuevos impuestos Vasco. Detalle en las piernas de varios hombres, mientras hacen baile típico vasco

Las normas recogen lo acordado en las últimas Comisiones Mixtas Estado-País Vasco celebradas en noviembre y diciembre. Se incorporan al Concierto Económico el impuesto sobre envases de plástico, el impuesto de residuos y el Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley por el que se aprueba la metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2022-2026, en base al acuerdo alcanzado en la Comisión Mixta del pasado 17 de noviembre.

Canarias corrige las medidas del IRPF y sobre el IGIC de su Ley de Presupuestos

Canarias hace matizaciones sobre las medidas aprobadas en IRPF en sus Presupuestos de 2023. Imagen de agentes de ventas de viviendas sentados en la oficina con compradores de casas nuevas

El Boletín Oficial de las Islas Canarias ha publicado el Decreto-Ley 1/2023, de 26 de enero, que modifica determinadas medidas en el IRPF y en la regulación del tipo cero del IGIC.

La ley divida en dos artículos incluye modificaciones sobre las medidas establecidas en la reciente Ley de Presupuestos de Canarias para 2023.

Castilla-La Mancha modifica deducciones y crea algunas nuevas en su Ley de Medidas

Castilla Mancha IRPF deducciones. Vista de una áula vacía soleada

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado la Ley 1/2023, de 27 de enero de Medidas Administrativas, Financieras y Tributarias.

En el ámbito tributario, el gobierno autonómico se ha centrado en adoptar medidas en el IRPF, modificando cuatro de las deducciones ya existentes e introduciendo tres nuevas deducciones. Además de lo anterior, se realiza una modificación de carácter técnico en el ITP y AJD.

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