El CGPJ suspende las actuaciones judiciales y plazos procesales en todo el territorio nacional, admitiendo únicamente escritos procesales a través de LexNET durante el estado de alarma
Enviado por Editorial el Vie, 20/03/2020 - 13:19Suspensión de las actuaciones judiciales y de los plazos procesales en todo el territorio nacional, garantizando los servicios esenciales y únicamente se admite la presentación de escritos procesales a través de LexNET. El alcance de la suspensión de plazos procesales se extiende a los que rigen para la presentación de la solicitud de concurso.
El pasado 14 de marzo de 2020, el CGPJ acuerda la suspensión de las actuaciones judiciales y de los plazos procesales en todo el territorio nacional, garantizando los servicios esenciales de la Administración de Justicia de forma coordinada con el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado.
El 18 de marzo de 2020 el CGPJ establece que durante el estado de alarma solo podrán presentarse escritos procesales vinculados a actuaciones judiciales urgentes y siempre a través de LexNET o de los sistemas telemáticos equivalentes habilitados en Navarra, Aragón, Cantabria, Cataluña y el País Vasco. En ningún caso se podrán presentar escritos de manera presencial.
El 19 de marzo de 2019, en un nuevo comunicado la Comisión Permanente exige a las Administraciones con competencias en materia de Justicia y a todos sus servidores públicos que se abstengan de adoptar medidas que impidan el cumplimiento de los servicios establecidos, pues la actuación de los jueces “constituye un servicio esencial a la comunidad que no puede ser suspendido ni gravemente limitado”.














