Modificaciones en el Rgto. del IS relativas a entidades financieras y a la presentación de información país por país por parte de los grupos de empresas multinacionales
Enviado por Editorial el Mié, 30/12/2020 - 10:21Publicado en el BOE el Real Decreto 1178/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Rgto. del IS.
Con fecha 30 de diciembre de 2020, se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1178/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio.
Como es sabido, el 1 de enero de 2018 entró en vigor la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, del Banco de España, cuyo objetivo fue adaptar el régimen contable de las entidades de crédito españolas a los cambios del ordenamiento contable europeo derivados de la adopción de dos nuevas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) –la NIIF 15 y la NIIF 9–. Pues bien, esta Circular hace necesario adaptar el art. 9 del RD 634/2015 (Rgto IS), relativo a la cobertura del riesgo de crédito, a los nuevos términos contables utilizados en dicha Circular modificándose, asimismo, el art. 8 en la referencia que contiene a un apdo. del art. 9.