Aprobación del modelo 179 y para el ejercicio 2018 se prevé que la declaración informativa tenga carácter anual, y que su plazo de presentación sea el comprendido entre el 1 y el 31 de enero de 2019. A partir de 2019, la periodicidad de la declaración será trimestral.
En el BOE de 30 de mayo de 2018, se ha publicado la Orden HFP/544/2018, de 24 de mayo, por la que se aprueba el modelo 179, «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos», y establece la forma, plazo y lugar de presentación, y el resto de datos relevantes para el cumplimiento de esta nueva obligación de información, que como se recordará fue introducida por el Real Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, que introdujo en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (RGAT) el artículo 54 ter. La referida orden entra en vigor a partir del 31 de mayo de 2018 y será de aplicación a la presentación del modelo 179, en relación con las cesiones de uso de viviendas con fines turísticos realizadas a partir de 1 de enero de 2018 y cuya intermediación se haya producido a partir de esta fecha.