Las cantidades abonadas por los servicios de "hosting" constituyen cánones (AN 22-04-2010)
Enviado por Editorial el Lun, 14/06/2010 - 12:40Esto es lo que entiende la sentencia de la Audiencia Nacional de 22 de abril de 2010. Sobre tributación por el IRNR de los pagos realizados por una entidad residente a otra que no lo es derivados de los servicios de hosting que le presta, dado que estos responden al concepto de cánones. Las cantidades abonadas por los servicios de hosting constituyen cánones que por tratarse de pagos por el uso, o el derecho al uso, de "equipos industriales, comerciales o científicos", señala el Tribunal.