La Administración no puede revisar las bases imponibles negativas compensadas que deriven de ejercicios prescritos
Enviado por fiscalimpuestos el Vie, 03/08/2012 - 11:17Mientras que el TEAC considera que la norma que impone la obligación de acreditar la base negativa compensada en el Impuesto sobre Sociedades carece de sentido si no se atribuye a la Administración la facultad de comprobar las bases aunque estuvieran prescritas, la sentencia de la Audiencia Nacional de 24 de mayo de 2012, no admite que la Administración pueda modificar la base negativa de un ejercicio prescrito.