Las cifras importan a la hora de motivar la ampliación de las actuaciones inspectoras
Enviado por Editorial el Mié, 22/06/2011 - 14:56El pasado 31 de mayo de 2010, el Tribunal Supremo, dictó una nueva sentencia sobre la motivación del acuerdo de ampliación de las actuaciones inspectoras, que expresamente señala que no se desmarca de su reciente e importantísima sentencia de 30 de mayo de 2010, cuyos criterios sobre la motivación “no merecen ser retocados”.
Ahora bien, su aplicación casuística –la de la sentencia de referencia- impone también la aceptación de que la constancia de ciertos datos manifiesta de por sí, como hecho notorio, que sus consecuencias en orden a clarificar las circunstancias concurrentes para una exacta determinación de la deuda tributaria suponen la «complejidad especial» impuesta por la Ley para hacer lícita la ampliación del plazo.




