Navarra implementa un tercer paquete de medidas para afrontar la crisis del coronavirus y limita la exención de AJD a préstamos relativos a la adquisición de vivienda habitual

Navarra aumenta las medidas para afrontar la crisis del coronavirus. Imagen de firma de acuerdos hipotecarios

Navarra modifica la exención en ITP y AJD de la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de actos jurídicos documentados, las escrituras públicas de formalización de las novaciones contractuales de préstamos y créditos hipotecarios para limitarla a los supuestos relativos a la adquisición de vivienda habitual.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy se ha publicado el DECRETO-LEY FORAL 3/2020, de 15 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19) (BON de 17 de abril de 2020).

Las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad obligan a implementar un tercer paquete de medidas, que se contienen en este Decreto-ley Foral, destacando entre otras las dirigidas a los autónomos encuadrados en actividades no permitidas en este momento de estado de alarma, o afectadas por la hibernación de la economía, así como se adoptan medidas extraordinarias para la gestión eficiente de las Administraciones públicas de la Comunidad Foral de Navarra y otras medidas en el ámbito del fomento de la investigación científica y técnica.

Mientras que el REAL DECRETO-LEY 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, ha extendido el ámbito de aplicación de la moratoria hipotecaria establecida por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, a inmuebles afectos a la actividad económica desarrollada por empresarios y profesionales y a viviendas distintas a la habitual en situación de alquiler, mediante esta norma aprobada hoy se acota el beneficio fiscal establecido en el DECRETO-LEY FORAL 1/2020 de Navarra, (posteriormente convertido en LEY FORAL 7/2020, de 6 de abril) de forma que sólo quedarán exentas de la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de actos jurídicos documentados, las escrituras públicas de formalización de las novaciones contractuales de préstamos y créditos hipotecarios que se produzcan al amparo del Real Decreto-ley 8/2020, referentes a la moratoria de deuda hipotecaria para la adquisición de vivienda habitual.