Beneficios fiscales aprobados a favor de las víctimas de la DANA, de los incendios de 2025 y de los abusos por parte de la Iglesia Católica, y ajustes en las medidas previamente adoptadas por la crisis energética
Enviado por Editorial el Mié, 29/04/2026 - 14:57Las modificaciones afectan al IRPF, IS, IVA y al régimen de devolución del impuesto sobre hidrocarburos.
Se ha publicado en el BOE de 29 de abril de 2026 el Real Decreto-Ley 10/2026, de 28 de abril, por el que se aprueban medidas tributarias urgentes y otras medidas de apoyo en respuesta a los daños causados a las víctimas de siniestros de la DANA y otras situaciones de emergencia.
Tratamiento fiscal de ayudas vinculadas a la DANA (2024)
Uno de los ejes centrales de la norma lo constituyen las medidas relacionadas con la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) ocurrida entre octubre y noviembre de 2024.
Se establece que determinadas ayudas concedidas por la Comunitat Valenciana no se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) ni del Impuesto sobre Sociedades. Se equipara su tratamiento al previsto para ayudas estatales de naturaleza análoga, evitando diferencias injustificadas.






