Campaña de la Renta 2025: claves, novedades y aspectos críticos a tener en cuenta

Ya está abierto el plazo para la presentación de la declaración correspondiente al ejercicio 2025. La campaña se desarrollará hasta el 30 de junio de 2026, en un contexto de continuidad normativa y refuerzo de los sistemas de control e información de la Agencia Tributaria.
La recaudación del IRPF en el ejercicio anterior alcanzó cifras récord, superando los 142.000 millones de euros, y las previsiones apuntan a un crecimiento adicional en línea con la evolución de la actividad económica.
En este escenario, la campaña de la Renta 2025 no introduce grandes novedades, pero sí un incremento en la capacidad de cruce de información por parte de la Agencia Tributaria (AEAT), lo que facilita que cualquier error u omisión en una declaración pueda ser detectado y sancionado.
Además, la utilización de IA ayudará a fomentar y simplificar el correcto cumplimiento de obligaciones tributarias, como la presentación del IRPF, así como la calidad de los datos declarados al ayudar a solucionar deficiencias en la cumplimentación de las declaraciones.
En este artículo, desgranamos las claves para presentar con éxito el IRPF de 2025.
Calendario de la campaña y claves operativas
La Agencia Tributaria mantiene un esquema temporal muy similar al de ejercicios anteriores. La presentación por Internet se inicia el 8 de abril de 2026 y se extiende hasta el 30 de junio, siendo el día 25 de junio la fecha límite para la domiciliación bancaria.
En cuanto a los canales alternativos, la atención telefónica para la presentación del IRPF comienza el 6 de mayo y la presencial el 1 junio, siendo el último día para solicitar cita el 29 de junio.
Desde el punto de vista operativo no hay novedades. Renta WEB es la herramienta única para presentar la declaración y el acceso se articula, para la mayoría de los contribuyentes, a través de certificado electrónico, sistema Cl@ve o número de referencia (RENØ).
Obligación de declarar en el IRPF
La obligación de presentar la declaración del IRPF se determina atendiendo a la cuantía y naturaleza de las rentas obtenidas, sin tener en cuenta las rentas exentas. Con carácter general, deben declarar los contribuyentes que superen los siguientes límites:
- Rendimientos del trabajo: hasta 22.000 euros anuales con un solo pagador con carácter general. Este límite se reduce a 15.876 euros cuando existen varios pagadores, salvo que las cantidades percibidas del segundo y restantes no superen conjuntamente 1.500 euros.
- Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención: límite conjunto de 1.600 euros anuales.
- Rentas inmobiliarias imputadas, determinadas ayudas públicas y otros rendimientos no sujetos a retención: límite conjunto de 1.000 euros anuales.
No obstante, la obligación de declarar no depende únicamente de la superación de estos umbrales. También deben presentar declaración los contribuyentes que deseen aplicar determinadas deducciones o reducciones de la base imponible, así como aquellos que soliciten la devolución de retenciones o beneficios fiscales.
Además, en los últimos ejercicios se han incorporado supuestos específicos que amplían esta obligación. En particular, desde el 1 de enero de 2023 deben declarar todas las personas que hayan estado dadas de alta como autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, en cualquier momento del ejercicio y con independencia de sus ingresos. Del mismo modo, los beneficiarios del ingreso mínimo vital y los miembros de su unidad de convivencia están obligados a presentar declaración para mantener la prestación.
Principales novedades de la Renta 2025
Ajustes en la tributación de las rentas del ahorro
Una de las modificaciones más relevantes se produce en la escala del ahorro. El tipo aplicable a bases liquidables superiores a 300.000 euros se incrementa hasta el 30%, lo que afecta directamente a contribuyentes con elevados rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales.
Este cambio refuerza la progresividad del impuesto en la base del ahorro, pero también incrementa la relevancia de la planificación fiscal en operaciones de inversión y desinversión.
Deducción para rentas bajas vinculada al SMI
En la campaña de la Renta se incorpora una deducción dirigida a contribuyentes con rendimientos del trabajo reducidos, vinculada al incremento del salario mínimo interprofesional (SMI).
Su finalidad es evitar que la subida del SMI, situado en 16.576 euros anuales en 2025, tenga como efecto un aumento de la tributación en los niveles salariales más bajos, preservando así su capacidad adquisitiva.
La deducción puede alcanzar hasta 340 euros y se configura de forma decreciente en función de los ingresos:
- Se aplica en su importe máximo cuando los rendimientos del trabajo son iguales o inferiores a 16.576 euros.
- Se reduce progresivamente para rentas comprendidas entre 16.576 y 18.276 euros.
- No resulta aplicable a partir de este último umbral.
Aunque la Agencia Tributaria puede incorporarla en el borrador, conviene revisar su cálculo a partir de las retribuciones y cotizaciones declaradas.
Desde un punto de vista operativo, su principal efecto es que determinados contribuyentes con rentas reducidas puedan verse incentivados a presentar la declaración para beneficiarse de la deducción.
Exención de ayudas públicas extraordinarias
Determinadas ayudas públicas concedidas como consecuencia de catástrofes naturales se declaran exentas en el IRPF. Este tratamiento exige una correcta identificación en la declaración para evitar su inclusión indebida como renta gravable.
Principales incentivos fiscales a tener en cuenta en la Renta 2025
La normativa del IRPF mantiene un conjunto de incentivos fiscales vinculados a objetivos de eficiencia energética, movilidad sostenible y determinadas situaciones personales y familiares. Aunque no constituyen novedades del ejercicio, su impacto práctico sigue siendo relevante en la planificación de la declaración.
Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas
Se mantienen las deducciones por actuaciones destinadas a la mejora de la eficiencia energética de los inmuebles, especialmente aquellas orientadas a la reducción del consumo energético.
En el caso de obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, la deducción se aplica sobre las cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2025, con una base máxima de 5.000 euros y un porcentaje del 20%.
Para su aplicación es necesario que las obras permitan reducir al menos un 7% la demanda conjunta de calefacción y refrigeración de la vivienda, circunstancia que debe acreditarse mediante certificado de eficiencia energética emitido tras su finalización. La deducción se practica en el ejercicio en el que se expide dicho certificado.
Este incentivo resulta aplicable tanto a la vivienda habitual como a inmuebles destinados al alquiler o en expectativa de arrendamiento, siempre que este último se formalice antes del 31 de diciembre de 2027. Quedan excluidas las partes del inmueble no destinadas a uso residencial, así como aquellas afectas a actividades económicas.
Incentivos fiscales vinculados a la movilidad eléctrica
Se mantienen los incentivos fiscales para la adquisición de vehículos eléctricos, en un contexto de transición energética y de reducción de dependencia de combustibles fósiles, especialmente relevante en el actual escenario geopolítico.
La deducción permite aplicar un 15% sobre el valor de adquisición del vehículo, con una base máxima de 20.000 euros. El importe incluye el precio de compra y los gastos y tributos asociados, excluyendo las subvenciones públicas recibidas o pendientes de recibir.
La deducción puede aplicarse en el ejercicio de matriculación del vehículo o cuando se hayan realizado pagos anticipados de al menos el 25% del precio, siempre que la adquisición se complete dentro del plazo previsto. Solo resulta aplicable a un vehículo nuevo destinado a uso particular, quedando excluida su afectación a actividades económicas.
Otros incentivos relevantes en el IRPF
Junto a los incentivos anteriores, el IRPF mantiene otras deducciones de interés práctico que conviene considerar en la planificación de la declaración.
Entre ellas destacan las deducciones por donativos a entidades sin fines lucrativos, que permiten minorar la cuota íntegra en función de los importes aportados y del tipo de entidad beneficiaria, así como determinados beneficios fiscales vinculados a aportaciones a sistemas de previsión social, que continúan operando como herramienta de diferimiento de la tributación.
Asimismo, deben tenerse en cuenta las deducciones de carácter autonómico, que presentan una relevancia creciente y pueden afectar de forma significativa al resultado final de la declaración, especialmente en materias como vivienda, familia o gastos educativos.
Aspectos críticos en la revisión de la declaración
Más allá de las novedades normativas, el principal foco de riesgo sigue estando en la revisión del borrador. Es importante recordar que el borrador facilitado por la AEAT no tiene carácter completo ni vinculante. La experiencia práctica muestra que existen áreas recurrentes donde se concentran los errores:
- Omisiones en deducciones autonómicas
- Información incompleta sobre inmuebles
- Incorrecta imputación de ganancias patrimoniales
- Falta de inclusión de determinados gastos deducibles
Este punto es especialmente relevante en un contexto de creciente automatización por parte de la AEAT, donde el contribuyente tiende a confiar en exceso en los datos fiscales proporcionados.
Tendencias en la gestión del IRPF
La campaña de la Renta 2025 confirma la consolidación del modelo de asistencia digital de la AEAT. Herramientas como el asistente virtual o los sistemas de ayuda interactiva mejoran la experiencia del usuario, pero también incrementan la capacidad de control de la Administración.
Desde una perspectiva técnica, esto implica una reducción del error formal, pero no necesariamente del error material, que sigue dependiendo del correcto análisis de cada situación individual.
Focos de Inspección: ¿Qué está mirando la AEAT?
En el Plan de Control Tributario se detallan las principales líneas de actuación de la AEAT. En relación al IRPF hay tres áreas sobre las que se redoblan esfuerzos para el control fiscal:
- Alquileres turísticos: el cruce de datos con el modelo 179 (plataformas intermediarias) permite a Hacienda conocer con exactitud quién está alquilando su vivienda y por cuántos días. No declarar estos ingresos es, actualmente, casi imposible de ocultar.
- Residencia fiscal: con el auge de los nómadas digitales y el traslado de creadores de contenido a países de baja tributación, la AEAT está utilizando datos de geolocalización, consumo eléctrico y tarjetas de crédito para demostrar la permanencia en territorio español por más de 183 días.
- Gastos no afectos: se intensifica la revisión de vehículos de alta gama y suministros domésticos deducidos por autónomos sin la debida proporcionalidad o afectación exclusiva a la actividad.
Por lo tanto, la campaña de la Renta 2025 no supone un cambio estructural en el IRPF, pero sí introduce algunas novedades que se deben tener en cuenta. Destacan, en particular, la modificación de la tributación del ahorro y las medidas dirigidas a rentas bajas.
En este contexto, el papel del asesor fiscal sigue siendo determinante, no tanto por la complejidad normativa como por la necesidad de interpretar correctamente las situaciones individuales y evitar errores derivados de la automatización del proceso.
Para conocer más en profundidad todas las claves y novedades de la Renta de 2025 el CEF.- ofrece a los interesados el Seminario sobre la Campaña del IRPF 2025.
José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Colaborador del CEF.-





