Novedades Legislativas

Modificación del Reglamento que regula las obligaciones de facturación de Gipuzkoa

Mediante el Decreto Foral 2/2014, de 4 de febrero, por el que aprobado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa del hoy, 11 de febrero de 2014, se modifica el Reglamento que regula las obligaciones de facturación, aprobado por Decreto Foral 8/2013, de 26 de febrero, con el fin  de acomodar el contenido de las facturas respecto del régimen especial del IVA del  criterio de caja contenido en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en Bizkaia

Mediante el Decreto Foral 4/2014, del Consejo de Diputados de 4 de febrero, aprobado en el Boletín Oficial de Bizkaia del hoy, 10 de febrero de 2014, se ha modificado el el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de pagos a cuenta.

Previamente a esta modificación, que entra en vigor hoy, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por medio del Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 203/2013, de 23 de diciembre, establece el porcentaje de retención o ingreso a cuenta a aplicar a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, fijando un porcentaje del 19 por 100 con carácter general y para los rendimientos derivados del arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos y para las ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva.

Tasas del mercado de tabacos: nuevo modelo de la tasa para puntos de venta con recargo

En el BOE de 7 de febrero de 2014,  se ha publicado la Orden HAP/149/2014, de 31 de enero, que aprueba el modelo de declaración-liquidación de la tasa por comprobación del cumplimiento de las condiciones requeridas para la obtención de la autorización de cada punto de venta con recargo de labores de tabaco, así como la revisión de dichas condiciones en las sucesivas renovaciones de autorizaciones de venta con recargo,  que se utilizará por el sujeto pasivo para practicar la autoliquidación de la tasa prevista en la tarifa 3.ª del anexo de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, y que será remitida junto con la solicitud de autorización.

Aprobada la tarjeta de inscripción en el registro territorial del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero

Como se ha dado cuenta en esta página, con efectos desde el 1 de enero de 2014,  ha  entrado en vigor el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, cuya regulación se encuentra contenida en el artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias,  y en el Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre, que aprueba su desarrollo reglamentario.

Aprobadas medidas fiscales en Cataluña para el 2014

Finalmente hoy, 30 de enero de 2014, ha sido publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público.

De la misma destacamos el capítulo II del título I, por ser el que está dedicado a las medidas referidas al ámbito de los tributos cedidos.

RDL 1/2014: rebaja del IVA en las obras de arte y prórroga para 2014 del incremento de retención del 19% al 21% en el IS

El Real Decreto-ley 1/2014, de 24 de enero (BOE de 25 de enero), de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas, con entrada en vigor el 26 de enero, contiene una serie de medidas fiscales que afectan a dos de los principales impuestos de nuestro sistema impositivo: el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto sobre Sociedades.

En cuanto al Impuesto sobre el Valor Añadido se introducen, a partir del 26 de enero de 2014, dos modificaciones en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre (LIVA), referidas una de ellas al tipo impositivo –incorporando los números 4º y 5º en el apartado uno del artículo 91 (tipos impositivos reducidos) y la otra al régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección (modificando el número 3º del artículo 135. Uno):

Ampliación de la protección de los deudores hipotecarios en Navarra

Mediante la Ley Foral 1/2014, de 15 de enero, por la que se modifica la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, publicada hoy en el Boletín Oficial de Navarra, se incrementa la protección de los deudores hipotecarios, ya que las medidas fiscales que fueron establecidas por el Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, encaminadas a aliviar la situación económica de muchas familias afectadas por la imposibilidad de cumplir con sus obligaciones derivadas de préstamos o créditos hipotecarios para la adquisición de su vivienda, y que fueron adaptadas a la normativa tributaria foral, no han tenido el éxito esperado.

Estas medidas no han sido totalmente satisfactorias ya que su ámbito de aplicación era demasiado reducido, afectaba a los supuestos de deudores en los que todos los miembros de la unidad familiar carecieran de rentas y no se aplicaba a todas las ejecuciones hipotecarias de la vivienda habitual sino solamente a los casos de dación en pago de la citada vivienda.

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