El actual Gobierno, que emprendió su andadura dando a conocer sus proyectos basados en medidas propiciadoras del emprendimiento, pronto tuvo que paralizar su programa y adoptar medidas en sentido contrario. No obstante, en las últimas fechas se están promoviendo ciertas medidas que parecen encaminadas al primigenio objetivo. Entre ellas se enmarca esta nueva Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Aunque por su título podríamos pensar que la ley contiene exclusivamente normas reguladoras del arranque de una actividad económica por un supuesto emprendedor, en el ámbito fiscal se ha utilizado como “ley escoba” regulando incentivos fiscales de diversa índole que afectan a otros colectivos además del de a los emprendedores (creación de la deducción por inversión en beneficios en el IS y en el IRPF, establecimiento en el IVA y en el IGIC del régimen especial del criterio de caja, mejora en el IS de la deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica y de la deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad, modificación en el IS del régimen fiscal aplicable a las rentas procedentes de determinados intangibles).
A continuación se agrupan, clasificadas por impuestos, las principales medidas fiscales que se recogen en la mencionada ley, teniendo también modificaciones en el ámbito mercantil y laboral de las que se darán cuenta respectivamente en nuestras webs: www.civil-mercantil.com y www.laboral-social.com