Novedades en materia de no residentes y en jurisdicciones no cooperativas introducidas por la Ley del fraude (Ley 11/2021)
Enviado por Editorial el Sáb, 10/07/2021 - 09:40Modificaciones en el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y en la Ley de medidas para la prevención del fraude fiscal.
A continuación vamos a reseñar las cambios que el artículo segundo de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego introduce, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2021, en el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (Real Decreto Legislativo 5/2004) y que tienen por objeto favorecer las libertades de establecimiento y circulación, de acuerdo con el Derecho de la Unión y las modificaciones que el artículo decimosexto de la citada Ley introduce, a partir del 11 de julio de 2021, en la Ley de medidas para la prevención del fraude fiscal (Ley 36/2006), que, tratando de adaptarse a los nuevos parámetros internacionales, sustituye el término de paraíso fiscal por jurisdicción no cooperativa, concepto este que engloba también los hasta ahora denominados países de nula tributación y la de los países con los que no se tiene un efectivo intercambio de información.