Mediante esta norma se aprueban medidas aplicables con carácter general durante 2021, que dan fundamentalmente continuidad a las medidas adoptadas para el año 2020 en materia de IRPF, IS, ITP y AJD y tasas, incluyendo un fraccionamiento sin intereses del pago de la cuota tributaria correspondiente a las autoliquidaciones presentadas en período voluntario entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2021.
En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 2 de diciembre de 2020, se ha publicado el DECRETO FORAL-NORMA 11/2020, de 1 de diciembre, sobre medidas tributarias urgentes para paliar los efectos de la segunda ola del COVID-19.
Los efectos de la COVID-19 siguen presentes en la vida cotidiana de la población, y los efectos presentes y futuros previsibles en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, resulta obligado planificar la adopción de medidas que faciliten la superación de la crisis socioeconómica. Esta situación puede alargarse durante la estación invernal, en tanto en cuanto no sea posible recurrir a las vacunas que neutralicen los efectos del virus.
Las medidas que se incluyen, aplicables con carácter general durante 2021, dan fundamentalmente continuidad a las medidas adoptadas para el año 2020 en el DECRETO FORAL-NORMA 2/2020, de 5 de mayo, , sobre medidas complementarias de carácter tributario como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19, 3/2020, de 12 de mayo, por el que se modifican las entregas a cuenta de 2020 por el Fondo Foral de Financiación Municipal y se establecen diversas medidas presupuestarias y tributarias para entidades locales, el DECRETO FORAL-NORMA 5/2020, de 26 de mayo, sobre medidas tributarias coyunturales destinadas a la reactivación económica tras la emergencia sanitaria del COVID-19, y el DECRETO FORAL-NORMA 8/2020, de 13 de octubre, 13 de octubre, sobre medidas complementarias de carácter urgente para paliar determinadas consecuencias del COVID-19, sin perjuicio de que se incluyen medidas adicionales aplicables exclusivamente también para 2021.