Beneficios fiscales para determinadas cuencas hidrográficas afectadas por la sequía
Enviado por Editorial el Mié, 07/03/2018 - 14:10Se establece una exención en el IBI de naturaleza rústica para los ejercicios 2017 y 2018 y se habilita al Ministerio para reducir índices de rendimiento neto para actividades agrarias a los que se refiere la Orden de módulos de 2017
En el BOE de 7 de marzo, y en vigor el mismo día, se ha publicado la Ley 1/2018, de 6 de marzo, por la que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas y se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
El objeto de la presente norma es establecer medidas de apoyo y la concesión, en su caso, de ayudas a los titulares de explotaciones agrarias situadas en los ámbitos territoriales afectados por la sequía (que se determinarán por Orden del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente) en este año agrícola, que hubieran padecido pérdidas de producción bruta en los cultivo o en los aprovechamientos ganaderos de, al menos:
- Un 20% de la producción normal en zonas desfavorecidas,
- 30% en el resto.