Novedades Legislativas

En La Rioja nuevas deducciones en el IRPF y modificaciones en otros impuestos cedidos

Introducción en La Rioja de nuevas deducciones en la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, además, de otras modificaciones que afectan al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y a tributos sobre el juego.

En el BOR del día 1 de abril, se ha publicado la Ley 3/2017, de 31 de marzo, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Su entrada en vigor se ha producido el día 2 de abril de 2017, excepto las medidas relativas al IRPF -escala autonómica  y  deducciones-, que tienen efectos desde el día 1 de enero de 2017.

Medidas urgentes en materia tributaria en Aragón

Aragón elimina el requisito de residencia para donaciones a favor del cónyuge y de los hijos.

Con fecha 3 de abril de 2017, se ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón, la Ley 2/2017, de 30 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria. Las medidas tomadas en dicha Ley afectan a dos impuestos:

  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Se suprime la letra c) del art. 132.2.1) del DLeg. 1/2005, de 26 de septiembre, de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, es decir, se suprime el requisito de que "tanto donante como donatario deberán tener su residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Aragón" en la reducción en la base imponible del Impuesto a favor del cónyuge y de los hijos del donante.
  • Impuesto Medioambiental sobre las instalaciones de transporte por cable: Se suspende, durante el ejercicio 2017, la vigencia de la regulación relativa a dicho impuesto.

Si bien la Ley entra en vigor el 4 de abril de 2016, las medidas adoptadas en la misma tendrán efectos desde 1 de enero de 2017.

LEGISLACIÓN DEL MES. Marzo 2017

A continuación reseñamos, al objeto de facilitarle la acotación temporal de la normativa recientemente aprobada, las normas de interés tributario publicadas en los distintos boletines oficiales durante el mes de marzo.

ESTADO

TASAS
RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se modifican los modelos de impreso para el pago de las tasas por admisión a pruebas selectivas para obtención del nombramiento de Traductor-Intérprete Jurado y por la tramitación y expedición del título (BOE de 3 de marzo de 2017).

Gipuzkoa modifica el IIVTNU ante la inconstitucionalidad del sometimiento a la "plusvalía municipal" de los terrenos transmitidos con pérdidas

Gipuzkoa modifica el IIVTNU ante la inconstitucionalidad del sometimiento a la "plusvalía municipal" de los terrenos transmitidos con pérdidas. Establece un sistema objetivo (diferencia entre valor de transmisión y adquisición) para determinar si existe o no incremento de valor.

En el Boletín Oficial de del Territorio Histórico de Gipuzkoa de 31 de marzo de 2017 se ha publicado el DECRETO FORAL-NORMA 2/2017de 28 de marzo, por el que se modifica el Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal) como consecuencia de la sentencia del Tribunal Constitucional de 16 de febrero de 2017, que declara inconstitucionales y nulos los artículos 4.1, 4.2.a) y 7.4 de la Norma Foral 16/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana del Territorio Histórico de Gipuzkoa, en la medida, únicamente, en la que someten a tributación situaciones de inexistencia de incremento de valor,  con efectos desde el 25 de marzo de 2017, fecha en la que fue publicada dicha sentencia en el Boletín Oficial del Estado. En virtud de esta norma, no se someterán a gravamen los no incrementos ni las disminuciones del valor de los terrenos, de tal forma que, al quedar este tipo de operaciones al margen del impuesto, no será necesario proceder al cálculo de la base imponible en estos casos. Para saber si se produce o no el incremento de valor que determina la exigencia del impuesto, se establece un sistema objetivo como es la diferencia entre los valores de transmisión y adquisición. Si existe incremento, el sistema para su cálculo se mantiene intacto. Esta nueva regulación será aplicable a las liquidaciones practicadas a partir del 25 de marzo de 2017, correspondientes a devengos anteriores a dicha fecha, siempre que con anterioridad a la misma no se hubiese dictado liquidación que hubiera alcanzado firmeza y liquidaciones anteriores a esta fecha que hubieran sido recurridas en reposición y estén pendientes de resolución. No será aplicable por lo tanto a las liquidaciones del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, correspondientes a devengos anteriores a 25 de marzo de 2017, que hayan adquirido firmeza con anterioridad a dicha fecha.

Nuevos impuestos en Cataluña y modificaciones en tributos cedidos

Cataluña se convierte en la primera comunidad en establecer un Impuesto sobre las bebidas azucaradas. La ley también contiene numerosas modificaciones en materia de tributos cedidos y crea nuevos impuestos medioambientales.

Después de dos años sin adoptar nuevas medidas, el Parlamento de Cataluña ha aprobado la Ley 5/2017, de 28 de marzo de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público (DOGC de 30 de marzo de 2017), que supone una importante modificación del sistema tributario catalán y afecta tanto a los tributos cedidos como a los tributos propios. La norma contiene tres nuevos impuestos propios, establece una nueva regulación para otros dos ya existentes (establecimientos comerciales y establecimientos turísticos) e introduce modificaciones en las deducciones, reducciones y requisitos que afectan al IRPF, ISD e ITP y AJD.

Propuesta de modificación de los aplazamientos y fraccionamientos de deudas a través de dos enmiendas

Se propone la modificación de los aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias regulados en el artículo 65 de la LGT, en las enmiendas número 6 y 90 de entre las presentadas a la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.

En el Boletín Oficial de las Cortes Generales del 27 de marzo de 2017 se han publicado las enmiendas presentadas en relación con la Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, así como del índice de enmiendas al articulado, y como hemos señalado en las enmiendas números 6 y 90, promovidas, respectivamente, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos y por Francesc Homs Molist (Grupo Parlamentario Mixto), se propone la modificación del apartado 2 del artículo 65 de la LGT (deudas que no pueden ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento), que como es conocido fue objeto de nueva redacción por el Real Decreto-Ley 3/2006, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.

Aprobado el modelo de representación para el suministro electrónico de registros electrónicos de facturación en sede electrónica de la AEAT

Aprobación del modelo normalizado válido para la acreditación de la representación en el procedimiento de suministro electrónico de registros de facturación a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria en representación de terceros.

El citado modelo ha sido aprobado por la Resolución de 13 de marzo de 2017 (BOE de 24 de marzo y en vigor a partir del 25 de marzo) de la Dirección General de la AEAT, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.2 de la Ley General Tributaria, y la necesidad de su aprobación viene motivada por la obligación de llevanza de los libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria para empresarios y profesionales y otros sujetos pasivos cuyo periodo de liquidación coincida con el mes natural de acuerdo con el artículo 71.3 del Reglamento del IVA, o la opción para el resto de sujetos pasivos que lo deseen.

Novedades en los modelos de Renta y Patrimonio 2016

La campaña de Renta arranca el 5 de abril con la generalización del borrador de declaración a todos los contribuyentes

Un año más a los contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre el patrimonio se nos acerca la hora de dar cuenta a Hacienda de nuestras obligaciones  fiscales con respecto a los impuestos mencionados, y para ello en el BOE de 23 de marzo se ha publicado la Orden HFP/255/2017, de 21 de marzo -en vigor a partir del 24 de marzo-, que aprueba los modelos de declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre el patrimonio, ejercicio 2016 -que deben utilizar tanto los contribuyentes obligados a declarar en el referido ejercicio por uno, otro o ambos impuestos, como los contribuyentes del IRPF no obligados a declarar que soliciten la devolución derivada de la normativa del citado tributo que, en su caso, les corresponda- determina el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, establece los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación del borrador de declaración del IRPF, y determina las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos y modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, que regula los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.

Pagos fraccionados IS: Aprobados nuevos modelos 202 y 222

La Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo (BOE de de marzo y correcciones de 20 de abril), aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del impuesto sobre sociedades en régimen de consolidación fiscal y establece las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.

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