Novedades Legislativas

Proyecto de Orden de Módulos para el año 2017

Con fecha de hoy, 10 de noviembre de 2016, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, ha publicado el Proyecto de Orden, por la que se desarrollan para el año 2017 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Dicho Proyecto, mantiene la estructura de la Orden HAP/2430/2015, de 12 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2016 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Cataluña amplía el ámbito de aplicación de algunas reducciones y bonificaciones del IP, ISD e ITP y AJD

En el DOGC de 7 de noviembre de 2016, se ha publicado la Ley 2/2016 de 2 de noviembre, de modificaciones urgentes en materia tributaria (en vigor, con alguna excepción, a partir del 8 de noviembre), que afectan al Impuesto sobre el Patrimonio, al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, a tareas de control tributario y lucha contra el fraude, al Impuesto sobre la Emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial y al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Se precisa para las entidades que puedan aplicar la Reserva para inversiones en Canarias, o el régimen fiscal de la ZEC, o la bonificación de rentas obtenidas en Ceuta y Melilla, la reforma de los pagos fraccionados del IS llevada a cabo por el RDL 2/2016

La disposición adicional 5ª de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS) regula la incidencia que tiene en el cálculo de los pagos fraccionados la dotación a la reserva para inversiones en Canarias (RIC), señalando que cuando la entidad realice los pagos fraccionados atendiendo a la base imponible acumulada de los 3, 9 u 11 primeros meses (art. 40.3 de la LIS),  puede reducirse de la base imponible el importe de la RIC, que prevea realizarse, prorrateada en cada uno de los periodos de los 3, 9 u 11 primeros meses del periodo impositivo y con el límite máximo del 90 % de la base imponible de cada uno de ellos.

Proyecto de Orden de aprobación del modelo 217 de autoliquidación del IS: Gravamen especial SOCIMI

Proyecto de Orden que aprueba el modelo 217 de autoliquidación del IS: Gravamen especial SOCIMI

Se ha publicado en la página web de la AEAT un Proyecto de Orden que aprueba el modelo 217 de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades: Gravamen especial sobre dividendos o participaciones en beneficios distribuidos por sociedades cotizadas de inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI), el cual estará disponible exclusivamente en formato electrónico y su presentación e ingreso se realizará por vía electrónica, y que estarán obligados a presentar las entidades que tengan la consideración de SOCIMI, que distribuyan dividendos o participaciones en beneficios a socios cuya participación en el capital social de la entidad sea igual o superior al 5%, cuando dichos dividendos, en sede de sus socios, estén exentos o tributen a un tipo de gravamen inferior al 10%, excepto en los siguientes supuestos:

Aprobación del modelo 289 de declaración informativa de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua y modificación de los modelos 290 y 291

La Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre (BOE de 27 de octubre), aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua, que deberán remitir, con periodicidad anual, las instituciones financieras obligadas a la AEAT mediante el envío de mensajes informáticos en el plazo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de mayo de cada año en relación con la información financiera relativa al año inmediato anterior. El referido modelo será de aplicación por primera vez para la presentación de la declaración informativa correspondiente al año 2016.

Modificación del régimen tributario de determinados clubes deportivos en el Impuesto sobre Sociedades de Bizkaia en ejecución de la decisión de la Comisión sobre ayudas ilegales

En el Boletín Oficial de Bizkaia del 21 de octubre de 2016 se ha publicado la NORMA FORAL 6/2016, de 19 de octubre, por la que se modifica el tratamiento fiscal de determinadas entidades en aplicación del Derecho de la Unión Europea, efectos para los períodos impositivos que se devenguen a partir del 4 de julio de 2016.

La Comisión Europea mediante la Decisión C (2016) 4046 final, de 4 de julio de 2016, relativa a la ayuda estatal SA.29769 (2013/C) (ex 2013/NN), aún no publicada en el DOUE, concedida por España a determinados clubes de fútbol, considera que el tratamiento fiscal de que gozan los clubes de fútbol profesionales que militan en la primera división de la Liga de Fútbol Profesional al tener la consideración de entidades parcialmente exentas, por comparación con el tratamiento que corresponde a las Sociedades Anónimas Deportivas, que están sometidas al régimen general del Impuesto sobre Sociedades, tiene la consideración de ayuda de funcionamiento mediante un tipo impositivo preferente aplicable a esos clubes, que no puede justificarse con arreglo al art. 107.3.c) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ni a ninguna de las normas de aplicación de dicho artículo, por lo que la Comisión Europea declara la incompatibilidad de esta medida de ayuda con el mercado interior. La Unión Europea exige a las autoridades competentes de los Estados miembros la ejecución inmediata y efectiva de las Decisiones de la Comisión Europea en el ámbito del control de las ayudas estatales, por lo que a través de esta norma se elimina la posibilidad de que apliquen las reglas establecidas para las entidades parcialmente exentas y sometiéndolos al régimen general del Impuesto sobre Sociedades.

El Congreso convalida el Real Decreto-Ley 2/2016 que modificó la regulación de los pagos fraccionados del IS

El Congreso convalida el Real Decreto-Ley 2/2016 que modificó la regulación de los pagos fraccionados del IS

 El Congreso de los Diputados ha convalidado el 20 de octubre de 2016 (BOE de 22 de octubre) con 246 votos a favor, 16 en contra y 72 abstenciones, el Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias, entre ellas la modificación del Impuesto de Sociedades, dirigidas a la reducción del déficit público. 

La solicitud de tramitar este real decreto como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia quedó rechazada con 8 votos a favor, 257 votos en contra y 68 abstenciones.

Modificado el Reglamento del IRPF de Álava

En el Boletín Oficial de Territorio Histórico de Álava del 14 de octubre de 2016 se ha publicado el Decreto Foral 65/2016, del Consejo de Diputados de 4 de octubre, que modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con efectos desde el 1 de enero de 2016.

Debido a la modificación introducida por el Estado por medio de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, Impuesto sobre Sociedades, que obliga a todas las sociedades civiles que tengan objeto mercantil a tributar en el Impuesto de Sociedades y a realizar ingresos a cuenta de dicho Impuesto a partir del ejercicio 2016, es necesario modificar el Reglamento del IRPF alavés para impedir que se produzca un doble ingreso a cuenta por los mismos rendimientos, ya que la normativa foral alavesa vigente no obliga a las sociedades civiles, independientemente de su objeto mercantil o no, a tributar y a realizar pagos fraccionados en el IS. Para ello  se establece que no procederá practicar pago fraccionado correspondiente a los rendimientos de actividades económicas obtenidos por los socios de sociedades civiles que tributen por el régimen general del Impuesto sobre Sociedades.

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