Novedades Legislativas

Pagos fraccionados IS: Proyecto de Orden de aprobación de los modelos 202 y 222

Pagos fraccionados IS: Proyecto de orden de aprobación de los modelos 202 y 222

Se ha publicado en la página de la Agencia Tributaria el Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del impuesto sobre sociedades en régimen de consolidación fiscal estableciéndose las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica y el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.

Publicados para 2017 los precios medios de vehículos usados

Como es habitual por estas fechas, en el BOE de 17 de diciembre de 2016 y corrección de errores de 24 de diciembre, se ha publicado la Orden HFP/1895/2016, de 14 de diciembre , (en vigor el día 1 de enero del año 2017), que aprueba los precios medios de venta de vehículos de turismo, todo terrenos y motocicletas, y embarcaciones de recreo y motores marinos, que serán utilizables como medios de comprobación de valores a los efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

Extremadura suprime la bonificación del 99 por ciento para las donaciones y adopta otras medidas de carácter tributario

En el DOE de 14 de diciembre de 2016, se ha publicado la Ley 8/2016 de 12 de diciembre, de medidas tributarias, patrimoniales, financieras y administrativas, en vigor desde 15 de diciembre (salvo alguna excepción), que afectan al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al Impuesto sobre el Patrimonio, al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y a diversas Tasas.

En el ámbito del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se suprimen la bonificaciones autonómicas del 99, 95 y 90% establecidas para las adquisiciones inter vivos, manteniéndose exclusivamente para las adquisiciones mortis causa.

Establecimiento de la obligación de identificar la residencia fiscal de los titulares de cuentas financieras en Gipuzkoa

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa del 9 de diciembre de 2016 se ha publicado el DECRETO FORAL 25/2016, de 29 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de suministro de información acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.

Esta norma establece la obligación de identificación de la residencia e información por parte de las instituciones financieras respecto de las cuentas financieras abiertas en ellas para identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de aquellas y determinar si tales cuentas están sujetas a la obligación de informar, distinguiéndose a estos efectos entre cuentas preexistentes y cuentas nuevas. A su vez, según su titular, se distingue entre cuentas de personas físicas y cuentas de entidades. A diferencia de la obligación de identificar la residencia fiscal, la obligación de información se limita a la personas que ostentando la titularidad o el control de cuentas financieras, sean residentes fiscales en alguno de los países o jurisdicciones con los que existe obligación de intercambiar información en el ámbito de la asistencia mutua, detallando el contenido de la información a suministrar.

Las instituciones financieras deberán suministrar por primera vez a la Administración tributaria la información relativa al año 2016. Este primer suministro de información tendrá lugar en el año 2017.

Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre: suministro inmediato de información del IVA (SII), libros registros y otras obligaciones en materia de IVA

I. ¿Qué es el nuevo sistema de suministro inmediato de información del IVA?

Mediante Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medio electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se ha establecido un sistema de suministro inmediato de información (SII), creando así un modelo de información instantánea a cumplimentar por determinados sujetos pasivos del IVA.

Se establece la obligación de remitir a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) la información que contienen los libros registros del IVA, además de algunos datos adicionales.

Medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas contenidas en el Real Decreto-ley 3/2016

En el BOE de 3 de diciembre, se ha publicado el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre (convalidado por Resolución del Congreso de los Diputados de 15 de diciembre de 2016 -BOE de 24 de diciembre-), por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, en vigor, salvo alguna excepción el mismo día 3 de diciembre.

Modificaciones técnicas en los diseños físicos y lógicos de los modelos de declaración informativa 165, 170, 193, 194, 196, 280 y 282

La Orden HFP/1822/2016, de 24 de noviembre (BOE de 29 de noviembre),  introduce determinadas modificaciones técnicas en los diseños físicos y lógicos de los modelos de declaración informativa números 165 -de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación-, 170 -de operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito-, 193 -de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario-, 194 -de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos-, 196 -de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas de cuentas en instituciones financieras-, 280 -de planes de ahorro a largo plazo- y 282 -de ayudas recibidas en el marco del régimen económico y fiscal de Canarias y otras ayudas de Estado-, aprobados, respectivamente, por Orden HAP/2455/2013, de 27 de diciembre, Orden EHA/97/2010, de 25 de enero, Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre, Orden de 18 de noviembre de 1999, Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, Orden HAP/2118/2015, de 9 de octubre y Orden HAP/296/2016, de 2 de marzo.

Publicado y con pocos cambios para 2017 el desarrollo del método de estimación objetiva del IRPF y del régimen simplificado del IVA

Con entrada en vigor el 30 de noviembre de 2016 y con efectos para el año 2017, la Orden  HFP/1823/2016, de 25 de noviembre (BOE de 29 de noviembre), desarrolla para el año 2017 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, manteniendo la estructura de la Orden HAP/2430/2015, de 12 de noviembre, que fue la aplicable para el año 2016.

Antes de comenzar el análisis de las principales novedades que se contienen en esta norma, es preciso recordar el régimen transitorio existente para el año 2017 (también se aplicó al año 2016)  introducido por la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, que como se recordará se elevaron determinadas magnitudes tanto para la aplicación del método de estimación objetiva del IRPF como para el régimen simplificado del IVA.

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