Novedades Legislativas

Proyecto de orden por la que se aprueban los modelos de declaración de renta y patrimonio del ejercicio 2021

Proyecto de orden por la que se aprueban los modelos de declaración de renta y patrimonio del ejercicio 2021. Imagen de un escritorio de trabajo con folios, calculadora, etc

Se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador del IRPF y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos y telefónicos.

El Ministerio de Hacienda ha publicado el Proyecto de Orden por el que se procede a la aprobación de los modelos de declaración de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio que deben utilizar tanto los contribuyentes obligados a declarar en el ejercicio 2021 por uno, otro o ambos impuestos, como los contribuyentes del IRPF no obligados a declarar que soliciten la devolución derivada de la normativa del citado tributo que, en su caso, les corresponda. El modelo de declaración del IRPF aprobado deberá ser utilizado por todos los contribuyentes, cualquiera que sea la Comunidad Autónoma de régimen común en la que hayan tenido su residencia en el ejercicio 2021, tanto si resultan obligados a declarar como si no lo están y solicitan la devolución derivada de la normativa del Impuesto que, en su caso, les corresponda.

Bizkaia “repone” la obligación de información específica de información para aquellos que intermedien en el arrendamiento o cesión de viviendas para uso turístico

Bizkaia, obligación de información, intermediación, arrendamiento, viviendas, uso turístico

Bizkaia modifica su Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales para incluir de nuevo el precepto anulado por el TSJ del País Vasco por no haberse notificado como «reglamento técnico» a la Comisión Europea que

En el Boletín Oficial de Bizkaia del 24 de diciembre de 2021 se ha publicado el DECRETO FORAL 171/2021, de 21 de diciembre, del Territorio Histórico de Bizkaia, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia aprobado por Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 205/2008, de 22 de diciembre.

Tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre de 2022, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros

Tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre de 2022, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros. Imagen de un señor mirando unos simbolos de porcentaje y una flecha ascendente

Publicado el tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre de 2022 a efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto.

En el BOE de 27 de diciembre de 2021, se ha publicado la Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre natural del año 2022, a efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo establecido en los artículos 63 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades y 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Los tipos de referencia que resultan para el primer trimestre natural de 2022 son para:

Precios medios de venta para 2022 aplicables en la gestión del ITP y AJD, ISD e IE sobre Determinados Medios de Transporte

Precios medios de venta para 2022 aplicables en la gestión del ITP y AJD, ISD e IE sobre Determinados Medios de Transporte. Imagen de una carretera con una moto y coches

Se actualizan para el año 2022 los precios medios de venta y los porcentajes aplicables a los mismos.

Como es habitual por estas fechas, en el BOE de 24 de diciembre de 2021, se ha publicado la Orden HFP/1442/2021, de 20 de diciembre (en vigor el 1 de enero de 2022), que aprueba los precios medios de venta de vehículos de turismo, todo terrenos, autocaravanas, motocicletas, embarcaciones de recreo, motores marinos y motos náuticas para 2022, que serán utilizables como medios de comprobación de valores a los efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

Aprobado el modelo 237: Gravamen especial sobre beneficios no distribuidos por SOCIMI

Modelo 237 SOCIMI. Imagen del modelo 237

Su presentación e ingreso se efectuará se efectuará de forma obligatoria por vía electrónica a través de internet en el plazo de 2 meses desde su devengo

La Orden HFP/1430/2021, de 20 de diciembre (BOE de 23 de diciembre, en vigor el día 3 de enero de 2022 y de aplicación para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2021), aprueba el modelo 237 «Gravamen especial sobre beneficios no distribuidos por sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario. Impuesto sobre Sociedades. Autoliquidación» y determina la forma y procedimiento para su presentación.

Terminación del Canje de Notas con la finalización de los efectos del Tratado relativo a la fiscalidad de los rendimientos del ahorro entre Aruba y el Reino de España

terminación, canje de notas, finalización, tratado, rendimientos ahorro, Aruba, España, denuncia, 2019. Imagen de las banderas de Aruba y España

Terminación del Canje de Notas por el cual  el Convenio entre el Reino de los Países Bajos en nombre de Aruba y el Reino de España en materia de intercambio automático de información sobre los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses dejó de tener efectos jurídicos el 1 de enero del año 2019.

En el BOE de 22 de diciembre de 2021, se ha publicado la Terminación del Canje de Notas relativo a la fiscalidad de los rendimientos del ahorro entre el Reino de los Países Bajos en nombre de Aruba y el Reino de España, hecho en Madrid y La Haya el 26 de noviembre de 2004, dando por finalizados los efectos jurídicos del convenio anexo a dicho canje de notas, puesto que la aplicación provisional del mismo estaba establecida en función de la Directiva 2003/48/CE de 3 de junio de 2003 en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses, y esta había sido había sido derogada.

Se prorrogan medidas en materia de fiscalidad energética y del tipo impositivo del IVA de productos para combatir la COVID-19 (RDL 29/2021)

Se prorrogan medidas en materia de fiscalidad energética y del tipo impositivo del IVA de productos para combatir la COVID-19 (RDL 29/2021). Imagen de dos obreros mirando un ordenador portátil

Se mantienen hasta el 30 de abril de 2022 el tipo reducido del 10%del IVA de la energía eléctrica y el tipo mínimo del 0,5% del Impuesto Especial sobre la Electricidad, manteniéndose suspendido el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica durante el primer trimestre de 2022.

Se prorroga el tipo superreducido del IVA del 4% para las mascarillas quirúrgicas hasta el 30 de junio de 2022 y el tipo 0% a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID adquirido por centros sanitarios y entidades sociales.

Se recogen, para impulsar puntos de recarga del vehículo eléctrico, bonificaciones fiscales en el IBI, en el IAE y en el ICIO.

En el BOE de 22 de diciembre de 2021 y en vigor al día siguiente, se ha publicado el Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables (RDL 29/2021).

Ratificación del Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios (BEPS)

ratificación, convenio, multilateral, OCDE, prevención, erosión de bases imponibles, traslado de beneficios, BEPS

El Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios (BEPS) que ha sido ratificado, entrará en vigor el 1 de enero de 2022 y permitirá modificar hasta 88 convenios fiscales de España con terceros países.

En el BOE de 22 de diciembre de 2021 se ha publicado el  Instrumento de ratificación del Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios (BEPS), hecho en París el 24 de noviembre de 2016 y que entrará en vigor para España el 1 de enero de 2022, para luchar contra la elusión fiscal internacional de las grandes multinacionales y que permite actualizar la red mundial de convenios para evitar la doble imposición (CDI) con las medidas resultantes del proyecto BEPS de manera sincronizada.

En este instrumento se incluye la declaración de España habitual para el caso de que el presente Convenio sea firmado por el Reino Unido y extendido al territorio de Gibraltar, o ratificado por sus autoridades, sen enumeran los 88 convenios bilaterales para evitar la doble imposición firmados por España comprendidos en el Convenio Multilateral.
El texto del convenio que se ratifica consta de 39 Artículos, estructurados en 7 Partes: Parte I (Ámbito e Interpretación de términos); Parte II (Mecanismos híbridos); Parte III (Utilización abusiva de los Convenios); Parte IV (Elusión artificiosa del estatuto de establecimiento permanente); Parte V (Mejora de los mecanismos de resolución de controversias); Parte VI (Arbitraje), y Parte VII (Disposiciones Finales). Este Convenio es un instrumento flexible, en el sentido de que los Estados pueden elegir los artículos a adoptar, así como los convenios bilaterales que van a ser modificados, mediante lo que se denomina reservas y notificaciones. 

Reducción de la escala autonómica del IRPF en la Comunidad de Madrid

Reducción de la escala autonómica del IRPF en la Comunidad de Madrid. Imagen de la bandera de la Comunidad de Madrid

La modificación consiste en una rebaja de 0,5 puntos porcentuales en cada tramo.

El día 21 de diciembre de 2021, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Ley 2/2021, de 15 de diciembre, de Reducción de la Escala de la Comunidad de Madrid en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por la que se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre. Mediante esta norma se modifica la escala autonómica en el impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Esta modificación se motiva en base a la actual situación económica derivada de la situación de emergencia sanitaria que exige la adopción de medidas que contribuyan a dinamizar la actividad económica, así como a incentivar la inversión, el ahorro y el consumo.

RDL 28/2021: Prórroga de beneficios fiscales para reparar los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma

Aplazamiento deudas La Palma. Imagen nocturna de la erupción del volcán en La Palma

Se prorroga el plazo de vigencia del aplazamiento de deudas hasta el 2 de mayo de 2022 e identifica de modo directo el ámbito territorial donde deba estar ubicado el domicilio fiscal del deudor

El Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre (BOE de 6 de octubre de 2021), adoptó una serie de medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma y, entre las de índole tributaria contenidas en su título V (arts. 25 a 30), recogió diversos beneficios fiscales: exención en el IRPF de las ayudas excepcionales por daños personales; exención de las cuotas del IBI, ejercicio 2021, que afecten a viviendas, establecimientos industriales, turísticos, mercantiles, marítimo-pesqueros y profesionales, explotaciones agrarias y forestales, locales de trabajo y similares, dañados; reducciones en el IAE, ejercicio 2021, a las industrias de cualquier naturaleza, establecimientos mercantiles, marítimo-pesqueros, turísticos y profesionales dañados, recargos legalmente autorizados sobre los mismos, y posibilidad de devolución de las cantidades ingresadas en el caso de haber satisfecho el recibo correspondiente al referido ejercicio;  exenciones de tasas de tráfico para la tramitación de las bajas de vehículos y la expedición de duplicados de permisos de circulación y conducción destruidos o extraviados; deducciones fiscales para la recuperación del patrimonio cultural de la isla de La Palma; exención en el pago de la tasa de acreditación catastral y el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalizase desde el día 7 de octubre de 2021 hasta el 31 de enero de 2022.

Páginas