Novedades Legislativas

El IVA de caja en Navarra

El 1 de enero de 2014 será aplicable en Navarra, al igual que en el resto del territorio estatal, el nuevo régimen especial del criterio de caja del Impuesto sobre el Valor Añadido, de acuerdo con los establecido en el Decreto Foral Legislativo 4/2013 de la Comunidad Foral de Navarra, de 30 de octubre, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido publicado el día de hoy en Boletín Oficial de Navarra, para acomodar los preceptos correspondientes de la Ley Foral 19/1992 de la Comunidad Foral de Navarra, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, a la modificación que ha experimentado la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido en el régimen común.

El Impuesto sobre Viviendas Deshabitadas es de obligatoria exacción en los Ayuntamientos de Navarra.

A partir de mañana, 12 de noviembre, se establece de forma obligatoria la exacción del Impuesto sobre Viviendas Deshabitadas, denominado anteriormente sobre Viviendas Desocupadas, por los Ayuntamientos de Navarra.

Ello responde a la necesidad de acompañar la Ley Foral de medidas urgentes para garantizar el derecho a la vivienda en Navarra con el correspondiente marco fiscal, para lo cual se hace necesaria la modificación de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra mediante la Ley Foral 31/2013, de 31 de octubre, de modificación del artículo 132 y del Capítulo VIII del Título II de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra publicada en el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 11 de noviembre de 2013.

Con esta nueva regulación se incluye entre los impuestos que de forma obligatoria deben exigir los Ayuntamientos de Navarra y se procede a la modificación del Capítulo VIII del Título II de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra al objeto de modificar la regulación existente del Impuesto sobre Viviendas Desocupadas y adaptarla a su nueva denominación.

Proyecto de Orden que aprueba el modelo 165 “Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación”

Proyecto de Orden que aprueba el modelo 165 “Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación”

La Ley 14/2013, de 27 de septiembre de 2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, estableció un nuevo incentivo fiscal en el IRPF, con la finalidad de favorecer la captación por empresas, de nueva o reciente creación, de fondos propios procedentes de contribuyentes que, además de capital financiero, aporten sus conocimientos empresariales o profesionales adecuados para el desarrollo de la sociedad en la que invierten, inversor de proximidad o business angel, o de aquellos que solo estén interesados en aportar capital, capital semilla. Este incentivo se encuentra recogido en el artículo 68.1 de la Ley del IRPF.

Fiscalidad medioambiental y otras medidas tributarias para grandes empresas: la Ley 16/2013

En el BOE de hoy,  día  30 de octubre, se ha publicado la Ley 16/2013, de de 29 octubre de 2013, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.

La mencionada norma, en vigor al día siguiente de su publicación, se estructura en  10 artículos, una disposición adicional única, otra derogatoria y siete disposiciones finales, y sus  medidas –como no-  van dirigidas una vez más a contribuir a la consolidación de las finanzas públicas, introduciéndose modificaciones  que afectan fundamentalmente al  ámbito del Impuesto sobre Sociedades y al resto de los principales impuestos de nuestro sistema impositivo –IRPF, IRNR, IIEE y de determinados tributos locales- y se regula con igual propósito  de lograr la consolidación de las finanzas públicas el impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero.

Modificaciones en los reglamentos de IVA, de revisión en vía administrativa, de gestión e inspección y de obligaciones de facturación

El Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre (BOE de 26 de octubre), en vigor –con excepciones- al día siguiente de su publicación, incorpora modificaciones en cuatro reglamentos tributarios: el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre); el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa (aprobado por el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo); el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio), y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre).

Proyecto de Orden que desarrolla el Reglamento (CEE) n.º 2913/92 del Consejo (Código Aduanero Comunitario), y el Reglamento (CEE) n.º 2454/93 de la Comisión (Aplicación del Código Aduanero Comunitario), en lo relativo al procedimiento simplificado...

Conclusiones del abogado general de la UE acerca del ‘céntimo sanitario’

El apartado 1 del artículo 76 del Reglamento (CEE) n.º 2913/92 del Consejo (Código Aduanero Comunitario) prevé la utilización de procedimientos simplificados para la declaración de mercancía a efectos aduaneros.

Por su parte, los artículos 253 a 289 del Reglamento (CEE) n.º 2454/93 de la Comisión (Aplicación del Código Aduanero Comunitario), en desarrollo del artículo anteriormente citado del Código aduanero, crean el marco general en el que deben desenvolverse estos procedimientos, estableciendo que es competencia de las autoridades aduaneras de cada Estado miembro su autorización y desarrollo último.

Proyecto de Orden que modifica los modelos 202 y 222 de pagos fraccionados

Proyecto de Orden que modifica los modelos 202 y 222 de pagos fraccionados

Con la doble finalidad de facilitar la cumplimentación del pago fraccionado de las entidades acogidas al régimen de cooperativas y de obtener, para el control de los ingresos públicos, la necesaria información del efecto recaudatorio de las limitaciones en la deducibilidad de la amortización contable, en la deducibilidad de los gastos financieros y en la deducibilidad de los deterioros de los valores representativos de la participación en el capital o fondos propios de las entidades, se procederá a modificar los modelos de pagos fraccionados y anexos informativos que, en su caso, deben presentarse con estos modelos y que se contienen, respecto del modelo 222, en el anexo I de la Orden EHA/1721/2011, de 16 de junio, por la que se aprueba el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal estableciéndose las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática, modificado por la Orden HAP/2055/2012, de 28 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática y se modifica la Orden EHA/1721/2011, de 16 de junio, así como, respecto del modelo 202, en el anexo I de la Orden HAP/2055/2012, de 28 de septiembre, mencionada anteriormente. Estos anexos posteriormente han sido modificados por la Orden HAP/636/2013, de 15 de abril que introducía el trato diferenciado en el pago fraccionado de las entidades acogidas al régimen de las entidades navieras en función del tonelaje.

Proyecto de Orden que, entre otros, modifica los modelos 303 y 340, y deroga los modelos 310, 311, 370 y 371

Proyecto de Orden que, entre otros, modifica los modelos 303 y 340, y deroga los modelos 310, 311, 370 y 371

La AEAT ha hecho público en su página web un Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales y se modifican los anexos I y II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria, la Orden EHA/3787/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 340 de declaración informativa regulada en el artículo 36 del Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, así como otra normativa tributaria.

Proyecto de Orden por la que se modifican los modelos de informativas 187, 184 y otras normas tributarias

Proyecto de Orden por la que se modifican los modelos de informativas 187, 184 y otras normas tributarias

Con base en:

  • la modificación llevada a cabo en la letra b) del artículo 46 de la Ley 35/2006 (Ley del IRPF), que determina que las ganancias y pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales adquiridos o de mejoras realizadas en los mismos con un año o menos de antelación a la fecha de transmisión o de derechos de suscripción que correspondan a valores adquiridos, asimismo, con la misma antelación, forman parte de la renta general y no del ahorro,

Proyecto de Orden por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria

Proyecto de Orden por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria

La AEAT ha publicado en su página web el Proyecto de Orden por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria.

Dicha Orden presenta como objetivos primordiales la agilización en la gestión de los tributos; el aprovechamiento de las indudables ventajas que presenta el uso de la tecnología asociada a Internet; la reducción al máximo posible la presentación en papel de las autoliquidaciones y declaraciones informativas mientras se potencian nuevas vías de presentación como son las basadas en los sistemas de firma electrónica no avanzada, así como la presentación de autoliquidaciones mediante papel impreso generado exclusivamente mediante la utilización del servicio de impresión desarrollado a estos efectos por la Agencia Tributaria en su Sede electrónica (predeclaración) o, en el supuesto de la declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido mediante el envío de un mensaje SMS cuando haya sido obtenida por medio del programa de ayuda elaborado por la Agencia Tributaria utilizando el servicio de impresión a través de su Sede Electrónica; así como la homogeneización del sistema de presentación de las autoliquidaciones y declaraciones informativas y refundición en una sola norma la regulación actual, evitando en lo posible la dispersión normativa existente.

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