Incentivos fiscales recogidos en la Ley de fomento del ecosistema de empresas emergentes (Ley de Startups)
Enviado por Editorial el Jue, 22/12/2022 - 09:05En el BOE de 22 de diciembre de 2022 y en vigor al día siguiente, se ha publicado la Ley 28/2022, de 21 de diciembre,de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, la cual recoge importantes incentivos fiscales (conocida también por Ley de Startups).
Así, en materia del impuesto sobre la renta de las personas físicas se recogen tanto medidas de índole general (mejora del régimen de impatriados y de la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación o la nueva regulación prevista para los gestores de fondos de capital-riesgo) como a favor de empresas emergentes (mejora en la fiscalidad de la entrega de acciones a sus trabajadores). En el ámbito del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes (con establecimiento permanente) se reduce el tipo impositivo en los 4 primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva y se permite el aplazamiento de la deuda tributaria en los 2 primeros ejercicios también desde que la base imponible sea positiva, sin garantías ni intereses de demora. Y se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados en los 2 años posteriores a aquel en el que la base imponible sea positiva. También en la Ley se recogen modificaciones en la duración del programa de apoyo de dos acontecimientos calificados como de excepcional interés público. Por último, se traspone la obligación de divulgación de la información relativa al Impuesto sobre Sociedades.
En primer lugar, es conveniente recoger que entiende esta norma por empresa emergente y nos indica que es toda persona jurídica (incluidas las empresas de base tecnológica creadas al amparo de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación), en la cual se deben reunir simultáneamente los siguientes requisitos: