El ITP y AJD se devenga por un expediente de dominio, con independencia de que se inscriba el mismo o no (TSJ Madrid 17-12-2009)
Enviado por Editorial el Vie, 14/05/2010 - 11:45Es el caso de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 17 de diciembre de 2009, en la cual en relación a los expedientes de dominio se concluye que, el hecho imponible se produce con la realización del expediente de dominio, con independencia del resultado final de la inscripción del mismo, y sin referencia, por tanto, a que efectivamente se produzca la transmisión cuyas vicisitudes son puramente privadas y ajenas al título en cuestión.