El régimen transitorio de la deducción por vivienda permite recuperar el derecho a la deducción perdido por cambio de residencia
Enviado por Editorial el Mié, 08/05/2013 - 14:15Así queda puesto de manifiesto en la consulta de 4 de marzo de 2013, recientemente publicada por la Dirección General de Tributos, que aborda la tributación de un contribuyente por el IRPF, que pasa a serlo por el IRNR al perder su residencia fiscal en España por razón de un traslado al extranjero, por lo que tiene que ver con su deducción por inversión en vivienda habitual.




