La Comunitat Valenciana adopta medidas fiscales que afectan a IRPF, ITP y AJD, ISD, tasas y canon de saneamiento de aguas
Enviado por Editorial el Sáb, 31/05/2025 - 11:59El día 31 de mayo de 2025 se ha publicado en el DOGV la Ley 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat. A continuación, exponemos las modificaciones que se han adoptado.
IRPF
La Ley 13/1997 se modifica en varios artículos para actualizar las deducciones autonómicas en el IRPF.
- Nacimiento, adopción, guarda o acogimiento familiar
- Deducción por hijo nacido o adoptado: 600 € por el primero, 750 € por el segundo, y 900 € por el tercero o siguientes. Aplicable también en los dos ejercicios siguientes al nacimiento/adopción.
- Deducción por acogimiento o delegación de guarda durante todo el ejercicio: 600 €, 750 €, y 900 €.
- Persona con discapacidad acogida, adoptada o nacida durante el ejercicio: deducción de 246 € si es el único caso, 303 € si hay más de uno.
- Gastos de guardería o educación infantil: deducción del 15 % hasta 297 € por menor de 3 años.
- Conciliación de vida laboral y familiar: deducción de 460 € por hijo o persona acogida de entre 3 y 5 años. En exclusiva para la madre o acogedora.














