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Nuevos modelos de IS para una nueva Ley

La Orden HAP/871/2016, de 6 de junio (BOE de 7 de junio de 2016 y corrección de errores de 14 de junio), en vigor a partir del día 1 de julio de 2016,  aprueba los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015, dicta instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y establece las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica, y se aprueba el documento normalizado de documentación específica de operaciones con personas o entidades vinculadas para entidades que cumplan los requisitos del artículo 101 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del impuesto sobre sociedades.

Aprobación y modificación de diversos modelos de IVA: 364, 365, 360 y 361

Con entrada en vigor el 1 de enero de 2017 –salvo algunas excepciones- se ha publicado en el BOE de 2 de junio de 2016, la Orden HAP/841/2016, de 30 de mayo, que aprueba el modelo 364 “Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado” y el modelo 365 “Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado”, estableciéndose, además, las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.

Actividades agrícolas y ganaderas: reducción para 2015 de determinados índices en el método de estimación objetiva del IRPF

Como es habitual todos los años por estas fechas, se ha publicado la Orden HAP/663/2016, de 4 de mayo(BOE de 6 de mayo), que reduce para el período impositivo 2015 los índices de rendimiento neto y el índice corrector por piensos adquiridos a terceros aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

Así, en el artículo 1 de dicha orden, se procede a aprobar la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en 2015 por las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales, las cuales se localizan en determinadas zonas geográficas (las reducciones se engloban en un anexo, en el cual las mismas se agrupan por Comunidades Autónomas, Provincias, ámbitos territoriales y actividades) y en su artículo 2, como consecuencia del elevado impacto que ha tenido la sequía en el consumo de piensos durante el período impositivo 2015, fija el índice corrector por piensos adquiridos a terceros aplicable a las actividades ganaderas para ese período impositivo, en el 0,65 con carácter general y en el 0,75 cuando se trate de actividades ganaderas de explotación intensiva de ganado porcino de carne y avicultura.

Modificados los modelos de actas de la Inspección de los Tributos

La Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 12 de abril de 2016 (BOE de 21 de abril), en vigor a partir del 1 de mayo de 2016, modifica la  regulación de los modelos de actas de la Inspección de los Tributos, contenida en la Resolución de 29 de noviembre de 2007. La modificación ha venido motivada  por la próxima aplicación a partir del 1 de mayo de 2016 del Reglamento (UE) número 952/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el Código Aduanero de la Unión (CAU), que como es conocido en el ámbito aduanero prima el Derecho de la UE.

Cambios en las normas que determinan las competencias en el área de recaudación de la AEAT

Mediante Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 1 de abril de 2016 (BOE de 5 de abril, y en vigor a partir del 6 de abril), se modifica la de 22 de enero de 2013, sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación, para determinar las competencias en el ámbito recaudatorio, en materias de recuperación de ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario y de actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos en supuestos de delito contra la Hacienda públicas, materias éstas que como se sabe fueron introducidas en la Ley General Tributaria por la Ley 34/2015, de 21 de septiembre.

La DGT, ahora a través de Resolución, reitera que los intereses de demora tributarios son gastos deducibles con la nueva LIS

Al largo discurso que en los últimos meses se traen entre manos la AEAT, la DGT y TEAC, hemos de añadir ahora la Resolución de 4 de abril de 2016, de la Dirección General de Tributos, que ha aparecido publicada en el BOE de hoy 6 de abril, en relación con la deducibilidad de los intereses de demora tributarios, en aplicación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. En la misma se afirma claro y rotundo que “Teniendo, en conclusión, los intereses de demora tributarios la calificación de gastos financieros, cuyo origen es único y está regulado en el artículo 26 de la LGT, y no encuadrándose en ninguna de las categorías posibles del artículo 15 de la LIS, deben considerarse todos los derivados del artículo 26 citado como gastos fiscalmente deducibles”. Si bien se advierte que están sometidos a los límites de deducibilidad establecidos en el artículo 16 de la LIS, dado el carácter financiero que los mismos tienen.

Desarrollado el procedimiento de embargo a través de internet de cuentas e imposiciones a plazo en entidades de crédito

En el BOE de 22 de marzo, se ha publicado la Resolución de 15 de marzo de 2016,  de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que establece el procedimiento que permitirá a los órganos de recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria llevar a cabo, por Internet, las actuaciones de embargo de saldos depositados en cuentas a plazo y en imposiciones a plazo fijo en entidades de crédito adheridas al procedimiento para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas a la vista abiertas en Entidades de crédito establecido en la Resolución de 16 de diciembre de 2011 de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, quedando fuera de su ámbito de aplicación aquellas cuentas a plazo e imposiciones a plazo fijo cuya moneda no sea el euro.

Se acerca nuestra cita con Hacienda: publicados los modelos de declaración del IRPF y Patrimonio 2015

Un año más a los contribuyentes del IRPF y del IP se nos acerca la hora de dar cuenta a Hacienda de nuestras obligaciones  fiscales con respecto a los impuestos mencionados, y para ello en el BOE de 22 de marzo  –y con entrada en vigor el día siguiente al de su publicación-, se ha publicado la Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, que aprueba los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2015, -que deben utilizar tanto los contribuyentes obligados a declarar en el referido ejercicio por uno, otro o ambos impuestos, como los contribuyentes del IRPF no obligados a declarar que soliciten la devolución derivada de la normativa del citado tributo que, en su caso, les corresponda- determina el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, establece los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación del borrador de declaración del IRPF, y determina las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.

Hacienda comunica para el año 2016 y siguientes la fecha de publicación del listado de sus deudores

En el BOE de 21 de marzo, se ha publicado la Orden HAP/364/2016, de 11 de marzo, que determina que la publicación del listado comprensivo de los deudores a la Hacienda Pública por deudas o sanciones tributarias,  se realizará anualmente a partir del 1 de mayo del año siguiente, en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (http://www.agenciatributaria.gob.es), tomándose como fecha como fecha de referencia para la determinación de la concurrencia de los requisitos legalmente establecidos la de 31 de diciembre del año anterior al del acuerdo de publicación.

Elevado de 18.000 a 30.000 euros el límite exento de garantía en aplazamientos o fraccionamientos concedidos por CCAA

A partir del 18 de  marzo de 2016, no se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas derivadas de tributos cedidos a las Comunidades Autónomas, cuando corresponda a éstas, por delegación del Estado, la recaudación de tales deudas, cuando su importe conjunto no exceda de 30.000 euros y se encuentren tanto en período voluntario como en período ejecutivo de pago, sin perjuicio del mantenimiento, en este último caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud. Así lo establece la Orden HAP/347/2016, de 11 de marzo (BOE de 17 de marzo), por la que se eleva a 30.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponda a las Comunidades Autónomas, que deroga su regulación anterior contenida en la EHA/1621/2009, de 17 de junio, por la que se eleva a 18.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponda a las Comunidades Autónomas, en relación con los aplazamientos y fraccionamientos que constituyen su ámbito de aplicación.

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