Estatal

Elevado de 18.000 a 30.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago de deudas

A partir del 21 de octubre de 2015, no se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas gestionadas por la AEAT y por los órganos u organismos de la Hacienda Pública estatal cuando su importe conjunto no exceda de 30.000 euros y se encuentren tanto en período voluntario como en período ejecutivo de pago, sin perjuicio del mantenimiento, en este último caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud. Así lo establece la Orden  HAP/2178/2015, de 9 de octubre  (BOE de 20 de octubre), por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros, que deroga su regulación anterior contenida en la Orden EHA/1030/2009, de 23 de abril, que estableció el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento en 18.000 euros, rigiéndose las solicitudes en tramitación por lo establecido en la normativa vigente a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud.

Nueva regulación del régimen tributario de las Sociedades Laborales

Con entrada en vigor el 14 de noviembre de 2015, se ha publicado en el BOE de 15 de octubre, la Ley 44/2015, de 14 de octubre de Sociedades Laborales y Participadas, ciñéndonos en estas líneas a recoger los beneficios fiscales que establece, y que se contienen en el Capítulo II de la referida Ley, que está integrado por un artículo, concretamente, el artículo 17.

El referido artículo establece para las Sociedades Laborales, en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del ITP y AJD, una bonificación del 99 por 100 de las cuotas que se devenguen por la adquisición, por cualquier medio admitido en Derecho, de bienes y derechos provenientes de la empresa de la que proceda la mayoría de los socios trabajadores de la sociedad laboral.

Aprobación del modelo 280 de “Declaración informativa anual de Planes de Ahorro a Largo Plazo” y modificación del modelo 188

La Orden HAP/2118/2015, de 9 de octubre (BOE de 15 de octubre), aprueba el modelo 280, "Declaración informativa anual de Planes de Ahorro a Largo Plazo" y establece las condiciones y el procedimiento para su presentación, y modifica la Orden de 17 de noviembre de 1999, por la que se aprueban los modelos 128, en Pesetas y en Euros, de Declaración-Documento de ingreso y los modelos 188, en Pesetas y en Euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes, en relación con las rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de los citados modelos 188 por soporte directamente legible por ordenador.

Publicado el Protocolo de modificación del Convenio con Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal 

En el BOE del día 8 de octubre de 2015 se ha publicado el Protocolo, hecho en Madrid el 18 de noviembre de 2014 , entre el Reino de España y Canadá que modifica el Convenio entre España y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en Ottawa el 23 de noviembre de 1976 (en vigor desde el 26 de diciembre de 1980).

Análisis de la reforma parcial de la LGT operada por la Ley 34/2015

La Ley 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, publicada en el BOE el pasado 22 de septiembre (corrección de errores de 26 de septiembre), constituye el último eslabón de la cadena de cambios legislativos operados en el ámbito impositivo a lo largo de esta legislatura. La entrada en vigor de la misma será el día 12 de octubre, excepto lo relativo a la obligación de llevanza y aportación de los libros de forma periódica y por medios telemáticos, que lo hará el 1 de enero de 2017. Se trata, probablemente, de la modificación de carácter fiscal con menor eco social pero, sin duda, la de mayor enjundia jurídica, con dos nuevos Títulos, un número muy considerable de enmiendas por parte de los distintos grupos de la oposición y abundantes novedades, contenidas en setenta y una páginas de BOE que modifican desde la Ley del Impuesto sobre Sociedades hasta la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, pasando por la Ley de Enjuiciamiento Criminal o la Ley Orgánica de Represión del Contrabando.

El análisis pormenorizado de LA REFORMA PARCIAL DE LA LGT OPERADA POR LA LEY 34/2015, a cargo de don José Andrés SÁNCHEZ PEDROCHE.

Nuevo procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Publicada en el BOE de 2 de octubre, la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,  que implantarán una Administración totalmente electrónica, interconectada, transparente y con una estructura clara y simple. Entrará en vigor el 2 de octubre del 2016, no obstante, las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico producirán efectos a partir del 2 de octubre de 2018.

Reforma del baremo de daños y perjuicios causados en accidentes de circulación

Se publica en el BOE de 23 de septiembre la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Esta reforma, que se aplicará únicamente a los accidentes de circulación que se produzcan tras su entrada en vigor (1 de enero de 2016), actualiza la norma adaptándola a la realidad social actual, de manera que se fomenta la rápida resolución de los conflictos y se potencian los acuerdos extrajudiciales.

En términos generales, la nueva Ley permite incrementar la protección a las víctimas de accidentes de circulación mediante la garantía de una indemnización suficiente, afectando también a la sanidad pública, porque las aseguradoras indemnizarán a los servicios públicos de salud de las diferentes Comunidades Autónomas los gastos derivados de nuevos perjuicios cubiertos, como los importes médicos futuros, ciertos gastos de rehabilitación o necesidades de recambio de prótesis de lesionados graves.

La reforma de la Ley General Tributaria: cuadro comparativo

La reforma de la Ley General Tributaria: cuadros comparativos

Con fecha 22 de septiembre de 2015 (corrección de errores de 26 de septiembre), se ha publicado en el BOE la Ley 34/2015, de 21  de septiembre, de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que entra en vigor el próximo día  12 de octubre -a los 20 días de su publicación en el BOE-, excepto lo relativo a la obligación de llevanza y aportación de los libros de forma periódica y por medios telemáticos que lo hará el 1 de enero de 2017.

El 12 de octubre entrará en vigor la reforma de la LGT efectuada por la Ley 34/2015

Con fecha 22 de septiembre de 2015 (corrección de errores de 26 de septiembre), se ha publicado en el BOE la Ley 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que entrará en vigor el próximo día  12 de octubre -a los 20 días de su publicación en el BOE-, excepto lo relativo a la obligación de llevanza y aportación de los libros de forma periódica y por medios telemáticos que lo hará el 1 de enero de 2017, de la cual os iremos informando puntualmente en esta página.

Convenio con Uzbekistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal

Finalmente, en el BOE de 10 de septiembre de 2015 se ha publicado el Convenio entre el Reino de España y la República de Uzbekistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 8 de julio de 2013, ya que, como se recordará, el convenio en su día suscrito con la URSS dejó de estar en vigor para esta República desde el 21 de julio de 2010.

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