Estatal

Tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre de 2023, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros

Tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre de 2023. Imagen de un señor mirando unos simbolos de porcentaje y una flecha ascendente

Publicado el tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre de 2023 a efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto.

En el BOE de 27 de diciembre de 2022, se ha publicado la Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre natural del año 2023, a efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo establecido en los artículos 63 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades y 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Medidas fiscales contenidas en la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para 2023

Medidas fiscales contenidas en la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para 2023. Imagen de unos dados con el número 2023 sobre monedas

En el BOE de 24 de diciembre de 2022, se ha publicado la Ley 31/2022, de 23 de diciembrede Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (en adelante, LPGE 2023), en vigor el día 1 de enero de 2023. En el ámbito tributario, la mayoría de las normas se contienen en su título VI –arts. 59 a 91, ambos inclusive–, y muchas de las medidas que incorpora son las que habitualmente recoge esta norma: escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios en el ITP y AJD; determinación del interés legal del dinero y del de demora, determinación del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM); establecimiento de las actividades prioritarias de mecenazgo y de los beneficios fiscales aplicables a diversos acontecimientos que se califican como de excepcional interés público o regulación de determinadas tasas de ámbito estatal.

Incentivos fiscales recogidos en la Ley de fomento del ecosistema de empresas emergentes (Ley de Startups)

Incentivos fiscales recogidos en la Ley de fomento del ecosistema de empresas emergentes (Ley de Startups). Imagen de un hombre de negocios preparandose a correr en una pista de atletismo

En el BOE de 22 de diciembre de 2022 y en vigor al día siguiente, se ha publicado la Ley 28/2022, de 21 de diciembre,de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, la cual recoge importantes incentivos fiscales (conocida también por Ley de Startups).

Así, en materia del impuesto sobre la renta de las personas físicas se recogen tanto medidas de índole general (mejora del régimen de impatriados y de la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación o la nueva regulación prevista para los gestores de fondos de capital-riesgo) como a favor de empresas emergentes (mejora en la fiscalidad de la entrega de acciones a sus trabajadores). En el ámbito del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes (con establecimiento permanente) se reduce el tipo impositivo en los 4 primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva y se permite el aplazamiento de la deuda tributaria en los 2 primeros ejercicios también desde que la base imponible sea positiva, sin garantías ni intereses de demora. Y se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados en los 2 años posteriores a aquel en el que la base imponible sea positiva. También en la Ley se recogen modificaciones en la duración del programa de apoyo de dos acontecimientos calificados como de excepcional interés público. Por último, se traspone la obligación de divulgación de la información relativa al Impuesto sobre Sociedades.

En primer lugar, es conveniente recoger que entiende esta norma por empresa emergente y nos indica que es toda persona jurídica (incluidas las empresas de base tecnológica creadas al amparo de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación), en la cual se deben reunir simultáneamente los siguientes requisitos:

España confirma la conclusión de los procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones del Convenio multilateral BEPS (Hong Kong, Senegal y Tailandia)

Notificación de España conclusión procedimientos internos para la aplicación del Convenio BEPS. Imagen de bola del mundo con la palabra Tax sostenida por una figura

En el BOE de 20 de diciembre de 2022 se ha publicado, en relación con el Convenio Multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios (hecho en París el 24 de noviembre de 2016), la notificación de España al Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), como depositario del Convenio, de conformidad con las disposiciones de su artículo 35.7.

Precios medios de venta para 2023 aplicables en la gestión del ITP y AJD, ISD e IE sobre Determinados Medios de Transporte

Precios medios venta

Se actualizan para el año 2023 los precios medios de venta y los porcentajes aplicables a los mismos

Como es habitual por estas fechas, en el BOE de 20 de diciembre de 2022, se ha publicado la Orden HFP/1259/2022, de 14 de diciembre, (en vigor el 1 de enero de 2023), que aprueba los precios medios de venta de vehículos de turismo, todo terrenos, autocaravanas, motocicletas, embarcaciones de recreo, motores marinos, motos náuticas, motos eléctricas  y quads para 2023, que serán utilizables como medios de comprobación de valores a los efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

Aprobadas modificaciones de las declaraciones informativas correspondientes a los modelos 190 y 480

Cambios en los modelos 190 y 480. Imagen del modelo 480 del BOE

Nueva regulación del modelo 480 y modificaciones con finalidad principalmente aclaratoria en el modelo 190.

La Orden HFP/1246/2022, de 14 de diciembre (BOE de 19 de diciembre), aprueba el modelo 480 de "Impuesto sobre las primas de seguros. Declaración resumen anual" y determina la forma y procedimiento para su presentación, y modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y se modifican otras normas tributarias.

Modificado el modelo de IVA 309 (declaración-liquidación no periódica)

IVA: cambios en el modelo 309. Imagen del Modelo 309 del BOE

Se aprueba un nuevo modelo para adaptarlo a los cambios introducidos en el IVA en materia de tipos impositivos

La Orden HFP/1245/2022, de 14 de diciembre (BOE de 19 de diciembre), modifica la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 309 de declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Esta orden entra en vigor el 1 de enero de 2023 y se aplicará a las autoliquidaciones correspondientes a los ejercicios 2023 y siguientes.

Publicado para 2023 el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado

Publicado para 2023 el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado. imagen del calendario de 2023

Se aprueba a efectos de cómputos de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2023
De acuerdo con lo establecido en el artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Resolución de 1 de diciembre de 2022 (BOE de 16 de diciembre de 2022), de la Secretaría de Estado de Función Pública, aprueba el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2023, en el ámbito de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos.

Aprobadas las modificaciones de las siguientes declaraciones informativas: modelos 181, 184, 196, 198, 280 y 289

modificaciones, declaraciones informativas, modelos 181, 184, 196, 198, 280 y 289.. Primer plano de la mano de un hombre rellenando un documento y la pantalla de su ordenador

En el BOE de 3 de diciembre de 2022, se ha publicado la Orden HFP/1192/2022, de 1 de diciembrepor la que se modifican Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios; la Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 196, de Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras; la Orden EHA/3514/2009, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 181 de Declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles; la Orden HAP/2118/2015, de 9 de octubre, por la que se aprueba el modelo 280, «Declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo»; la Orden HAP/2250/2015, de 23 de octubre, por la que se aprueba el modelo 184 de Declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas y por la que se modifican otras normas tributarias; y la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.

La referida orden entra en vigor al día 4 de diciembre de 2022y será aplicable, por primera vez, para las declaraciones correspondientes a 2021 que se presentarán en 2023.

Publicada en el BOE la Orden de módulos para 2023, con novedades interesantes incluso para el año 2022

Publicada en el BOE la Orden de módulos para 2023, con novedades interesantes incluso para el año 2022. Imagen de un pub moderno

Aprobados para 2023 los signos, índices o módulos correspondientes al método de estimación objetiva del IRPF, así como los índices y módulos del régimen especial simplificado de IVA y se establecen los plazos de renuncias o revocaciones a los mencionados regímenes.

Con entrada en vigor el 2 de diciembre de 2022 y con efectos para el año 2023, la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre (BOE de 1 de diciembre de 2022), desarrolla para el año 2023 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, manteniendo la estructura de la HFP/1335/2021, de 1 de diciembre, que ha sido la aplicable para el año 2022.

Antes de comenzar a reseñar lo más significativo de esta norma  es preciso recordar que la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, introdujo un régimen transitorio para los ejercicios 2016 y 2017 (prorrogado para 2018 por el Real Decreto-ley 20/2018, de 29 de diciembre; para 2019 por el Real Decreto-ley 27/2018, de 28 de diciembre; para el 2020 por el Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre; para el 2021 por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre y para el 2022, por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre),  respecto a los límites para la aplicación tanto del método de estimación objetiva del IRPF como  para el régimen especial simplificado del IVA, consistente en una rebaja de estos límites inferior a la prevista en la Ley 26/2014 para el ejercicio 2016, resultando:

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