Se eleva a 0,26 euros la cuantía exenta de las dietas y asignaciones para los gastos de locomoción en el IRPF
Enviado por Editorial el Lun, 17/07/2023 - 11:35El límite anterior exceptuado de gravamen era de 0,19 € por kilometro recorrido. Además, se eleva la indemnización que perciben los empleados públicos por el uso de automóviles propios para trabajar
La Orden HFP/792/2023, de 12 de julio (publicada en el BOE y en vigor el 17 de julio), por la que se revisa la cuantía de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
I. Gatos de locomoción: regla general
Como es conocido de acuerdo con el artículo 9 del Reglamento del IRPF se exceptúan de gravamen las cantidades satisfechas por el empleador, para compensar los gastos de locomoción del trabajador o empleado, con determinados requisitos: