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Nota informativa relativa a las novedades tributarias introducidas por la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica

Novedades tributarias introducidas por la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica

Se informa de las principales novedades tributarias introducidas por la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica (BOE del día 28).

Fuente: AEAT (15/01/2013)

Recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de la Comunidad de Madrid que regula el euro por receta

 Recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de la Comunidad de Madrid que regula el euro por receta

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por que se solicita al Presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra el apartado nueve del artículo 2 de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, de modificación parcial del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se regula el denominado "euro por receta".

No obstante, la aplicación efectiva de este Acuerdo se condiciona a que el mismo sea dictaminado favorablemente por la mayoría de la Comisión Permanente del Consejo de Estado, cuyo dictamen el Consejo de Ministros ha solicitado con carácter urgente para su evacuación en el plazo extraordinario de cinco días. Tras el pronunciamiento del Consejo de Estado, se presentará el recurso ante el Tribunal Constitucional y se invoca la suspensión automática de la norma una vez que el Alto Tribunal lo admita a trámite.

Hacienda adapta la tributación de las gestoras de carteras de inversión a la interpretación de la normativa comunitaria del TUE

Hacienda adapta la tributación de las gestoras de carteras de inversión a la interpretación de la normativa comunitaria del TUE

La Dirección General de Tributos ha comunicado en una resolución a la Asociación Española de Banca (AEB) y a la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA), en respuesta a una consulta vinculante planteada por tales entidades que los servicios de gestión discrecional de carteras de inversión están sujetos y no exentos de IVA.

Tanto la AEB como la CECA querían conocer cual iba a ser la posición de Hacienda una vez que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) emitiera un fallo el pasado año en el que considera que los servicios de gestión discrecional de carteras de inversiones son operaciones sujetas y no exentas de IVA en todo el territorio comunitario.

Recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Presupuestos de Asturias para 2013

 Recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Presupuestos de Asturias para 2013

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se solicita al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 41 y la disposición final séptima, en lo referente a la entrada en vigor del citado artículo, de la Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2013, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias número 300, el 29 de diciembre de 2012.

No obstante, la aplicación efectiva de este Acuerdo se condiciona a que el mismo sea dictaminado favorablemente por la mayoría de la Comisión Permanente del Consejo de Estado, cuyo dictamen el Consejo de Ministros ha solicitado con carácter urgente para su evacuación en el plazo extraordinario de cinco días.

Informe sobre el anteproyecto de Ley de Justicia Gratuita

Compromiso con las pensiones más bajas
  • Amplía el número de beneficiarios y se incrementan los umbrales de acceso y los colectivos que podrán acceder a este servicio.
  • Se garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva al asegurar que nadie deje de acudir a los Tribunales por carecer de recursos.
  • El umbral para acceder a la justicia gratuita pasa de dos veces el Salario Mínimo (14.910,28 euros) a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (15.975,33 euros).
  • En familias de cuatro o más miembros la referencia pasa a ser el triple del IPREM (19.170,39 euros).
  • Circunstancias especiales, familiares, de salud o de discapacidad tendrán cobertura con ingresos de hasta cinco veces el IPREM (31.950,65 euros).
  • Las víctimas de violencia de género, terrorismo y trata de seres humanos, así como los menores y discapacitados víctimas de abusos, tendrán derecho a la justicia gratuita independientemente de sus rentas.
  • También las víctimas de accidentes con secuelas permanentes que reclamen indemnizaciones por daños.
  • Se incrementan los controles para evitar abusos y fraudes.

Nota informativa de la AEAT sobre el gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas

Nota informativa de la AEAT sobre el gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas

La Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, establece un nuevo gravamen sobre los premios de determinadas loterías y apuestas que tiene incidencia en los tres principales impuestos directos de nuestro sistema tributario: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre la Renta de No residentes y el Impuesto sobre Sociedades.

Fuente: AEAT (04/01/2013)

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Retenciones del trabajo personal 2013

Retenciones del trabajo personal 2013

Ya se encuentra disponible el servicio on line de cálculo de las retenciones del trabajo personal para el ejercicio 2013 en la web de la AEAT. Para este ejercicio solo se ha desarrollado una versión Web del programa de ayuda de Retenciones, dejando por tanto de existir la versión del programa de ayuda instalable en los distintos sistemas operativos.

Con este instrumento el contribuyente podrá calcular la cuantía y el tipo de retención que le correspondan en función de las retribuciones abonadas o satisfechas, conforme se establece en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en sus artículos 80 y siguientes.

Fuente: AEAT (02/01/2013)

El salario mínimo interprofesional fijado en 645,30 euros mensuales

El salario mínimo interprofesional fijado en 645,30 euros mensuales

La cuantía resulta de aplicar el incremento máximo de los salarios pactado en el II Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva 2012-2013-2014, firmado el 25 de enero de 2012.

El Consejo de Ministros ha aprobado la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2013, que se ha fijado en 21,51 euros diarios o 645,30 euros mensuales.

Se trata de un incremento del Salario Mínimo del 0,6 por 100 equivalente al incremento máximo de los salarios pactados en el II Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva 2012-2013-2014, firmado el 25 de enero de 2012. La propuesta ha sido consultada con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.

El establecimiento del crecimiento del Salario Mínimo Interprofesional para 2013 en el mismo límite máximo establecido en el acuerdo de los agentes sociales tiene por objeto respaldar, una vez más, dicho acuerdo, que está dando tan buenos resultados en materia de moderación salarial, a la vez que se adopta una decisión que, para el ámbito de la negociación colectiva, ha sido respaldada por patronal y sindicatos.

Modificado el Reglamento de los Impuestos Especiales

Modificado el Reglamento de los Impuestos Especiales

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales aprobado por un Real Decreto de 7 de julio de 1995.

En primer lugar, esta nueva norma extiende la utilización del documento administrativo electrónico a la circulación dentro del ámbito territorial interno de productos objeto de los impuestos especiales de fabricación en régimen suspensivo, lo que supone una nueva medida en el avance del control y la lucha contra el fraude.

El Real Decreto procede también al desarrollo reglamentario que precisa la incorporación de la carga fiscal del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos en el Impuesto sobre Hidrocarburos. Se centra, fundamentalmente, en regular la figura del reexpedidor.

La norma aprobada hoy también incluye modificaciones encaminadas a dar un nuevo impulso a los procesos de simplificación y de reducción de cargas formales, e incorporar mejoras en la gestión y control de los impuestos especiales de fabricación.

Fuente: La Moncloa

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