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Declaración tributaria especial y prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (I)

Declaración tributaria especial y prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

El Ministerio de Economía y Competitividad ha hecho pública una nota informativa en la cual analiza de manera conjunta la declaración tributaria especial regulada en la disposición adicional undécima del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público, y las previsiones contenidas en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Nota informativa relativa a las modificaciones tributarias introducidas por el Real Decreto-Ley 18/2012

Nota informativa relativa a las modificaciones tributarias introducidas por el Real Decreto-Ley 18/2012

La Agencia Tributaria ha emitido una nota informativa sobre las novedades en el Impuesto sobre Sociedades, en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, consecuencia de las medidas tributarias que se introducen por el Real Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero.

Se informa en la misma de la exención parcial, que se introduce en los citados impuestos, para las rentas derivadas de la transmisión de bienes inmuebles urbanos, que se adquieran a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley (12 de mayo de 2012) y hasta el 31 de diciembre de 2012, cuando se cumplan determinados requisitos.

Fuente: AEAT

Declaración de compras por internet y envíos de particulares

Declaración de compras por internet y envíos de particulares

La introducción de mercancías en Península, Baleares y Canarias procedente de terceros países, Ceuta o Melilla, está sujeta al pago de derechos de importación, IVA o IGIC (Canarias) y, en su caso, Impuestos Especiales y requiere la presentación de una declaración de importación (DUA).

Los particulares que realicen compras por internet o reciban envíos de particulares que superen las franquicias existentes, pueden realizar la declaración aduanera a través de la Sede Electrónica de la AEAT, siempre que dispongan de certificado digital.

Este servicio es gratuito, debiendo el particular satisfacer a la AEAT exclusivamente, los derechos de aduana e IVA (en Canarias se ingresará el IGIC al Gobierno de Canarias). Estos importes son independientes de los que cargue el operador postal o de transporte.

Elevados a seis años la pena máxima por delito fiscal y a diez años el plazo de prescripción

Elevados a seis años la pena máxima por delito fiscal y a diez años el plazo de prescripción

El Consejo de Ministros ha recibido un informe, presentado por los ministros de Justicia, Hacienda y Administraciones Públicas y Empleo y Seguridad Social, sobre la modificación del Código Penal en materia de delito fiscal y contra la Seguridad Social para crear en ambos casos un subtipo agravado para las conductas más graves.

Para los delitos fiscales agravados la pena máxima será de prisión de dos a seis años en vez de uno a cinco años. Además, el plazo de prescripción pasa a ser de diez años frente a los cinco años de los restantes supuestos de delito fiscal. El nuevo tipo agravado de delito fiscal se aplicará cuando la cuantía de la cuota defraudada exceda de seiscientos mil euros o cuando la defraudación se haya cometido en el seno de una organización o grupo criminal. También se aplicará cuando se utilicen negocios, entes o territorios que dificulten u oculten la identidad del obligado tributario o la determinación de la cuantía defraudada.

Medidas Fiscales en el Anteproyecto de Ley de Flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas

Medidas Fiscales en el Anteproyecto de Ley de Flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas

 

REDUCIDO EL PLAZO DE LOS CONTRATOS DE ALQUILER DE CINCO A TRES AÑOS

  • Se incentiva la adquisición de vivienda hasta el final de año con una exención del 50 por 100 de la plusvalía.
  • Se mejora el régimen de las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la ministra de Fomento sobre el Anteproyecto de Ley de medidas para dinamizar el mercado del alquiler de viviendas mediante su flexibilización con una reducción de los plazos de duración del contrato, mejora de la seguridad jurídica a través de la inscripción registral de los arrendamientos y la agilización del procedimiento de desahucio.

Además, se adoptarán determinadas medidas en el ámbito fiscal, con la misma finalidad de impulsar el mercado de alquiler.

Con este Anteproyecto de ley, que introduce modificaciones en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, y en la Ley de 7 de enero de 2000, se busca potenciar el mercado de la vivienda en alquiler en España, país con el menor parque de viviendas de este tipo de toda la Unión Europea.

Los cambios que se introducen servirán para reformar aquellos elementos del marco jurídico actual que impiden un funcionamiento dinámico del mercado de vivienda en alquiler.

La AEAT propone a las grandes empresas reforzar la cooperación mutua en materia tributaria

La AEAT propone a las grandes empresas reforzar la cooperación mutua en materia tributaria

El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, y la directora general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), Beatriz Viana, han asistido esta mañana a la sexta sesión plenaria del Foro Tributario de Grandes Empresas. Durante su intervención en la sesión del Foro, Viana ha invitado a los representantes de las empresas asistentes a constituir un nuevo grupo de trabajo destinado a reforzar la relación cooperativa existente entre el sector empresarial presente en el Foro y la propia administración tributaria.

Según explicó Viana, la creación de este nuevo grupo de trabajo, que se sumaría a los tres ya existentes (racionalización de cargas fiscales indirectas, precios de transferencia e Impuestos Especiales), permitiría “reflexionar con sosiego” y “definir las condiciones” para un nuevo impulso a la relación cooperativa entre ambas partes, al tiempo que ayudaría a definir las características básicas de nuevos mecanismos de información y asistencia para las empresas complementarios de los ya existentes.

Justificación del estatuto comunitario de las mercancías (T2L) por medios electrónicos en sede de la AEAT

Justificación del estatuto comunitario de las mercancías (T2L) por medios electrónicos en sede de la AEAT

La AEAT informa que con fecha 1 de junio de 2012 tendrá lugar la puesta en producción de una nueva aplicación del documento T2L.

Dicha aplicación tiene por objeto sustituir la presentación en papel del documento T2L ante la aduana competente por la presentación telemática del T2L, evitando al operador el desplazamiento a la aduana al objeto de obtener el visado de esta en el documento T2L, realizándose la validación del mismo de forma automática. No obstante, aquellos operadores que lo deseen podrán seguir utilizando el T2L en papel para justificar el carácter comunitario de la mercancía.

El sistema se centra en la implantación del T2L electrónico a nivel nacional, si bien con reconocimiento por parte de otros Estados Miembros.

La Agencia Tributaria advierte de intentos de fraude a través de Internet

La Agencia Tributaria advierte de intentos de fraude a través de Internet

Los diversos intentos de engaño hacen referencia a supuestos reembolsos de impuestos, mediante envíos de comunicaciones masivas por correo electrónico en los que se suplanta la identidad e imagen de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o bien la identidad de sus directivos. Con frecuencia, los intentos de fraude hacen referencia a una supuesta información que imposibilita el envío de la devolución de la campaña de Renta y suplanta la imagen de la Agencia Tributaria.

En estos envíos de correos fraudulentos, conocidos como “phishing”, se hace referencia a un reembolso de impuestos inexistente en la que el receptor del e-mail sale beneficiado.

Justificante de levante para duas de importación, dvd y exportación

Justificante de levante para duas de importación, dvd y exportación

Informa la AEAT que a partir del próximo 7 mayo de 2012 se generará el justificante de levante en formato PDF para la totalidad de duas de importación, DVD y exportación que cumplan las condiciones para el levante. Asimismo el documento que se generaba hasta ahora como justificante de levante de los DUAs de importación y exportación de particulares grabados mediante formulario se adaptan a este nuevo modelo de justificante.

Este justificante será consultable en la Sede Electrónica de la A.E.A.T. -> mis expedientes.

¿Cuando se realizará el justificante de levante?

a) Para dua de importación:

  • Cuando el dua se encuentre totalmente despachado y se permita el levante: despacho con garantías o despacho + pago de la deuda para los que son de pago previo. 
  • En caso de duas – Vexcan: cuando en ambas administraciones A.E.A.T. y A.T.C. el dua se encuentre totalmente despachado.

b) Para DVD:

Certificados tributarios. Resumen del modelo 190

Certificados tributarios. Resumen del modelo 190

En la página web de la Agencia Tributaria se encuentra disponible una nueva versión de la aplicación para solicitud de este tipo de certificado tributario bajo Actuación Administrativa Automatizada, lo que supone la entrega inmediata del mismo. Se incluye una nueva modalidad de certificado sin relación de perceptores.

Fuente: AEAT.

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