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Comienza la segunda fase del borrador de IVA con más facilidades que llegan a todos los contribuyentes

Comienza la segunda fase del borrador de IVA con más facilidades que llegan a todos los contribuyentes. Imagen del logo de la AEAT

Asistencia en el cumplimiento tributario.

  • Pymes, autónomos y, en general, los 3,5 millones de declarantes de IVA, contarán con buena parte de la información censal y algunos datos económicos incorporados automáticamente a la liquidación
  • Los contribuyentes y los profesionales tributarios tendrán así una mayor certidumbre a la hora de declarar un impuesto complejo y podrán reducir el tiempo dedicado a su gestión y liquidación
  • Adicionalmente, el número de potenciales beneficiarios del ‘Pre303 Total’, o borrador de IVA totalmente cumplimentado, se extiende a 41.000 contribuyentes SII con la ampliación a grandes empresas, y también a unos 600.000 declarantes que son exclusivamente arrendadores

12 de febrero de 2021.- La Agencia Tributaria ha puesto en funcionamiento la segunda fase del borrador de IVA, en la que pasará a ofrecer más facilidades para la declaración del impuesto a todos los contribuyentes con la incorporación automática a la declaración de buena parte de la información censal y algunos datos económicos que puede ofrecer al declarante ya cumplimentados. Toda la información relevante sobre el servicio se encuentra en la página web de la Agencia (www.agenciatributaria.es) en un espacio específico denominado ‘Pre303’.

Por tanto, en la segunda fase del proyecto, recogido en el Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2020-2023, las mejoras en el ‘Pre303’ alcanzan muy especialmente a pymes, a autónomos y, en general, a los cerca de 3,5 millones de declarantes de IVA, así como a los profesionales tributarios que, en su caso, realicen en su nombre las liquidaciones, ya que todos ellos podrán contar con una mayor certidumbre a la hora de declarar un impuesto complejo y podrán también reducir el tiempo dedicado a su gestión y liquidación.

El CEF acude al Madrid VAT Forum 2021: EL IVA QUE NOS ESPERA 2021 – 2024

Madrid VAT Forum 2021: IVA 2021-2024. Imagen del logo

En el día de ayer, 11 de febrero de 2021, tuvo lugar la tercera edición del Madrid VAT Forum, en el que se analizaron los cambios que se van a producir en el IVA en el periodo 2021-2024, centrándose especialmente en los del comercio electrónico y la economía colaborativa.

El 11 de febrero se ha celebrado una nueva edición del Madrid VAT Forum, organizado por Spanish VAT Services Asesores, sobre las distintas medidas que afectan al IVA tanto de forma directa como de forma indirecta. Estas medidas se refieren, entre otros asuntos, a la tributación de la economía colaborativa, exenciones en operaciones financieras y de transporte de viajeros o al régimen especial de las agencias de viajes.

Este año, debido a las condiciones actuales de pandemia motivada por la crisis del COVID-19 se ha desarrollado telemáticamente, con la coordinación por Fernando Matesanz que también ha participado en la exposición.

La AEAT pone en marcha ADI, un mostrador virtual de atención al contribuyente

Mostrador virtual adi. Logotipo de la Administración Digital Integral

La Agencia Tributaria ha puesto en servicio la nueva Administración Digital Integral ('ADI'), un 'mostrador virtual' diseñado bajo la premisa de facilitar el cumplimiento voluntario con más y mejor información y asistencia al contribuyente por parte de una Administración Tributaria más ágil, dinámica y cercana.

Complementando la ayuda presencial tradicionalmente prestada en las oficinas físicas, que continuará como hasta ahora, desde la ADI más de 300 funcionarios especializados se dedicarán en exclusiva a atender de forma personalizada no presencial a contribuyentes de todo el territorio nacional.

Ofrecerán su servicio de ayuda a un amplio colectivo de beneficiarios potenciales -entre los que destacan emprendedores que inician su actividad, autónomos y pymes, arrendadores y profesionales tributarios, así como contribuyentes que necesiten asistencia para la tramitación de procedimientos tributarios-, con más amplitud de horario que las oficinas convencionales y evitando al ciudadano desplazamientos innecesarios.

Plan de control tributario 2021: Hacienda quiere ayudar a los contribuyentes a cumplir sus obligaciones fiscales

Plan de control tributario 2021. Imagen de hombre sujeanto en la mano un cartel donde pone tax help

El 1 de febrero se publicó en el BOE la Resolución de 19 de enero de 2021, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021.

Hacienda quiere facilitarnos las cosas a los contribuyentes, permitiéndonos incluso tener un big data para ayudarnos con nuestras obligaciones fiscales. Siempre, claro está, que no estemos pensando en trasladar nuestro domicilio a Andorra, o a algún paraíso fiscal… Por el contrario, Hacienda será implacable con los malos contribuyentes, los cuales pueden encontrarse a las puertas de su negocio con un inspector con su correspondiente mascarilla, o, mientras hacen la digestión de una comida, el big data de la Agencia Tributaria puede acabar digiriendo ese tique pagado con tarjeta, para sumarlo a todos los gastos realizados por medios electrónicos y determinar cuánto se gasta y en dónde.

Puntos clave de la fiscalidad de las operaciones de reestructuración empresarial

Fiscalidad operaciones reestructuración. Imagen de una hoja de datos

La tercera ola de la pandemia generada por la covid-19 está impactando con fuerza en Europa y en España, por lo que la crisis económica asociada a las restricciones que está generando en muchos sectores puede agravarse más de lo esperado, obligando a muchas empresas a abordar procesos de reestructuración como única vía para sobrevivir y evitar tener que cerrar la empresa.

Se esperan, por lo tanto, fusiones en diferentes sectores; algunas ya se están produciendo en nuestro país, como la fusión de Bankia y CaixaBank, que ya cuentan con la aprobación de los accionistas de ambas entidades y que materializarán su fusión jurídica en este primer trimestre de 2021.

Calendario del contribuyente: Febrero 2021

Calendario del contribuyente. Calendario de mesa del año 2021

Como ya adelantamos, para recordar el cumplimiento de las principales obligaciones tributarias estatales, periódicas y no periódicas, a lo largo de 2021, la Agencia tributaria ha puesto, como en años anteriores, a disposición del contribuyente, el calendario del contribuyente 2021.

Les recordamos ahora las principales obligaciones tributarias del mes de febrero.

Medidas fiscales a los damnificados por el temporal Filomena

Temporal Filomena: aprobadas medidas tributarias. Imagen de calle cubierta de nieve en una ciudad

Exenciones o reducciones en las cuotas del IBI o del IAE para el ejercicio 2021, en el IRPF y en las tasas de Tráfico. En el sector agrícola posibilidad de acordarse la reducción de los índices de rendimiento neto que se utilizan para la estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil para las comunidades autónomas de Principado de Asturias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Andalucía, Aragón, Madrid, La Rioja, y Navarra, en atención a los daños sufridos por la tormenta de nieve generada por la borrasca Filomena y la posterior ola de frío.

La situación de emergencia provocada por el temporal de nieve y frío comenzó el 7 de enero y ha concluido este lunes 18 de enero, cuando la Dirección General de Protección Civil desactivó la declaración de preemergencia en situación operativa 1 y el Plan Estatal General de Emergencia (PLEGEM) volvió a su fase ordinaria de alerta y seguimiento permanente.

Ampliación de los plazos de presentación del Impuesto sobre Transacciones Financieras y del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales

Ampliación de plazos. Empresrario usando tablet y portátil

Impuesto sobre Transacciones Financieras

El Impuesto sobre las Transacciones Financieras aprobado por la Ley 5/2020, de 15 de octubre (BOE 16 de octubre), entra en vigor el 16 de enero de 2021.

Su periodo de liquidación es mensual y el plazo de presentación ordinario es del 10 al 20 del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual.

No obstante, para este primer ejercicio de aplicación, 2021, la presentación e ingreso de las autoliquidaciones correspondientes a los meses de enero y febrero de 2021, se efectuará en el plazo previsto para la presentación e ingreso de la autoliquidación correspondiente al mes de marzo de 2021 (del 10 al 20 de abril de 2021). Por lo tanto, las primeras autoliquidaciones del impuesto no se presentarán hasta el 10 de abril de 2021.

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