Hacienda devolverá también el IRPF de la prestación por maternidad y paternidad a los contribuyentes que solicitaron el reintegro antes de la sentencia del Tribunal Supremo
Enviado por Editorial el Jue, 20/06/2019 - 08:28- La ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero, trasladó la decisión al colectivo de afectadas durante una reunión celebrada esta mañana
- Los servicios jurídicos del Ministerio de Hacienda han concluido que el Real Decreto de diciembre pasado que fijó la exención de las prestaciones permite la devolución a madres y padres con resolución o sentencia firme denegatoria previa al fallo del Supremo. Se estima que esta decisión puede beneficiar a 8.000 contribuyentes
- Los beneficiarios que se encuentren en esa situación deberán utilizar el formulario electrónico de solicitud de la devolución para los años 2014 a 2017, mientras que si se trata de años anteriores no prescritos deberán presentar una solicitud ordinaria por registro electrónico o presencialmente en las oficinas de la Agencia
19 de junio de 2019.- Las madres y padres que contaban con una resolución o sentencia firme contraria a la devolución de la prestación de maternidad o paternidad podrán recibir la devolución mediando una nueva solicitud posterior a la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 3 de octubre. Así lo han determinado los servicios jurídicos del Ministerio de Hacienda, en función de la interpretación dada al Real Decreto de diciembre pasado que introdujo el cambio legal necesario para dar cumplimiento al fallo del Supremo que declaró exentas las prestaciones de maternidad.











