Novedades Legislativas

Aprobadas medidas fiscales de gran calado: supresión deducción por adquisición de vivienda, actualización de balances, creación Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito, régimen fiscal de las SOCIMI……..

Como se puede observar si se leen las distintas novedades legislativas que vamos incorporando en el día de hoy, por cierto día de los Santos Inocentes, el BOE ha venido repleto de disposiciones de índole fiscal. Ahora vamos a hacer referencia a la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, que adopta diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica. Adelantamos que en esta Ley se desarrolla una pequeña “reforma tributaria” pues afecta a conceptos básicos del sistema tributario español. Así:

Presupuestos Generales del Estado 2013

En el BOE del 28 de diciembre, se ha publicado la Ley 17/2012 de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013. En el ámbito tributario, la gran mayoría de las medidas que incorpora son las que habitualmente recoge esta norma, medidas que inciden en las principales figuras del sistema tributario: coeficientes de actualización del valor de adquisición de inmuebles que se transmiten tanto en el IRPF como en el IS, regulación del pago fraccionado en IS, escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios en el ITP y AJD, determinación del interés legal del dinero y del de demora o actualización y regulación de determinadas tasas.

Esta parquedad en modificaciones viene motivada porque este año la ley de presupuestos viene acompañada por otra ley, concretamente la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, que contiene medidas tributarias de gran calado dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, tales como: supresión de la deducción por inversión en vivienda habitual, nuevo régimen fiscal de las ganancias en el juego, actualización de balances, limitación de las amortizaciones fiscalmente deducibles, …

A continuación se agrupan, clasificadas por impuestos, las principales medidas fiscales que se recogen en la Ley de Presupuestos:

Medidas fiscales para la sostenibilidad energética

La Ley 15/2012, de 27 de diciembre (BOE de 28 de diciembre), contiene una serie de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, destacando de entre ellas la integración de las políticas medioambientales en nuestro sistema tributario (bien a través de la creación de tributos específicamente ambientales o bien incorporando el elemento ambiental en otros tributos ya existentes). A tal fin, mediante esta Ley se crean tres nuevos impuestos: el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica (de carácter directo y naturaleza real, que grava la realización de actividades de producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica en el sistema eléctrico español y será aplicable a la producción de todas las instalaciones de generación siendo su tipo de gravamen del 7 por ciento), el Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica (cuyo hecho imponible lo constituye la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica) y, por último, el Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas (constituyendo su hecho imponible la actividad de almacenamiento de combustible nuclear gastado y de residuos radiactivos en una instalación centralizada).

Modificaciones efectuadas en la regulación de los delitos contra la Hacienda Pública

La Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, en vigor a partir del 17 de enero de 2013, introduce diversas modificaciones en el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre), en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social, siendo su principal novedad la creación en ambos casos de un tipo agravado para las conductas más graves o de mayor complejidad en su descubrimiento.

En estas líneas únicamente vamos a reseñar las principales novedades incluidas en la regulación de los delitos contra la Hacienda Pública ya que sus implicaciones son de gran calado y trascendencia.

Nueva configuración legal de la regularización tributaria como el reverso del delito que neutraliza completamente el desvalor de la conducta (con una declaración completa y veraz) y el desvalor del resultado (mediante el pago completo de la deuda tributaria), considerándose que la regularización de la situación tributaria hace desaparecer el injusto derivado del inicial incumplimiento de la obligación tributaria.

Medidas fiscales contenidas en la Ley de medidas de impulso al comercio interior

En el BOE de hoy 27 de diciembre, se ha publicado la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios (con entrada en vigor el 28 de diciembre). En materia tributaria esta norma recoge las novedades que introdujo el Real Decreto-Ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios (al cual deroga). Como recordarán se modificaba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), para que la reforma que se emprendía en materia de licencias no perjudicara el régimen fiscal de las Entidades Locales, esto es, cobrar las tasas y el Impuesto sobre Constituciones, Instalaciones y Obras (ICIO) en aquellos supuestos en los que no ha habido licencia de apertura de establecimientos y también contenía modificaciones relativas a la declaración tributaria especial. Véanse las citadas novedades en Medidas de impulso al comercio interior y su incidencia en determinadas tasas y en el ICIO, y ampliación del contenido de la declaración tributaria especial.

Proyecto de Orden que aprueba los modelos 230 y 136. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas

Proyecto de Orden que aprueba los modelos 230 y 136. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas

La AEAT ha publicado el proyecto de la Orden que aprueba los modelos 230 y 136, referente al gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas, modelos que habrán de presentarse dada la próxima modificación, con efectos desde el 1 de enero de 2013, de la disposición adicional trigésima tercera de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, y de la incorporación de una disposición adicional quinta al texto refundido de la Ley del IRNR, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, pues dichas modificaciones establecerán la sujeción al IRPF y al IRNR, a través de un gravamen especial, de los premios de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles. Asimismo, se someterán a dicho gravamen especial los premios de las loterías, apuestas y sorteos organizados por organismos públicos o entidades que ejerzan actividades de carácter social o asistencial sin ánimo de lucro establecidos en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y que persigan objetivos idénticos a los de los organismos o entidades españoles anteriormente señalados y que hasta ahora estaban exentos.

Fuente: AEAT (26/12/2012)

Implantación del Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas en Guipúzcoa

Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Guipúzcoa la Norma Foral 10/2012, de 18 de diciembre, del Impuesto Sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas. Con este impuesto se persigue subsanar las carencias que tenía el Impuesto sobre el Patrimonio precedente (que había sido aprobado por la Norma Foral 14/1991 y derogado a partir del año 2009), que fue reimplantado mediante la Norma Foral 6 /2011, de 26 de diciembre, por la que se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio, y cuya disposición derogatoria preveía su derogación a partir del 1 de enero de 2013.

El Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas grava la capacidad económica adicional que la riqueza supone para las personas físicas titulares de la misma. La riqueza es un índice de la capacidad económica derivada de la titularidad de bienes y derechos de contenido económico. Este gravamen incentiva el uso productivo de la riqueza frente a otros usos de tipo especulativo. También tiene un objetivo censal y de control sobre las alteraciones que puedan producirse en los elementos patrimoniales que componen la riqueza. Es un Impuesto con el que se cierra el sistema tributario y cuya importancia va más allá de su eficacia recaudatoria. Por último, este nuevo Impuesto confiere un carácter más progresivo al conjunto del sistema tributario.

Guipúzcoa crea el Registro de Obligados Tributarios de Especial Riesgo

Guipúzcoa crea el Registro de Obligados Tributarios de Especial Riesgo, mediante la Norma Foral 9/2012, de 18 de diciembre, publicada hoy en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Guipúzcoa.

La creación de este Registro tiene como finalidad última la lucha contra el fraude fiscal. Dicho objetivo resulta relevante no sólo por el problema de escasez de recursos públicos, sino también por el aumento de la opinión, entre la ciudadanía, de que el fraude fiscal es elevado y una exigencia mayor por parte de ésta para ser más eficaces en la lucha contra el fraude.

Es importante, en consecuencia, intensificar las acciones tendentes a dicha lucha contra el fraude fiscal y para ello deben ser tomadas en consideración aquellas acciones y medidas que incidan en un aumento y mejora de los sistemas de control, que permitan avanzar en dicho objetivo.

Modificados los modelos 390, 198 y 184 y la forma de presentación de determinadas declaraciones informativas

La Orden HAP/2725/2012, de 19 de diciembre, modifica la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido, la Orden HAC/171/2004, de 30 de enero, por la que se aprueba el modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas, los diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 198 de Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, aprobados por la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, y la Orden EHA/3062/2010, de 22 de noviembre, por la que se modifican las formas de presentación de las declaraciones informativas y resúmenes anuales de carácter tributario correspondientes a determinados modelos. La mencionada Orden entra en vigor a partir de mañana día 22 de diciembre de 2012 y surte efectos respecto de los modelos objeto de esta orden en las presentaciones del ejercicio 2012.

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