Cantabria se suma a la protección contra el despoblamiento y apuesta por la economía social
Enviado por Editorial el Mié, 08/01/2020 - 08:46La Ley de Cantabria 5/2019, de 23 de diciembre, Medidas Fiscales y Administrativas contiene novedades de diversa entidad desde el punto de vista tributario, destacando especialmente las deducciones relativas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
IRPF:
Se crea la deducción por nacimiento y adopción de hijos establecida en una cuantía de 100 euros.
Se establece la deducción aplicable a contribuyentes que tengan su residencia habitual en zonas rurales de Cantabria en riesgo de despoblamiento. Esta deducción es en realidad un conjunto de cuatro deducciones que tienen en común el fomento para repoblar zonas rurales con una baja densidad de población y una tasa de envejecimiento superior al 30%. En concreto se establece en relación al arrendamiento de viviendas, una deducción para el arrendatario de hasta 600 euros (1.200 euros en tributación conjunta) y otra para el arrendador del 50% en el rendimiento neto obtenido. En relación a los gastos de guardería, incompatible con la deducción genérica, permite una deducción de hasta 600 euros por hijo menor de tres años. Respecto de los gastos ocasionados por el traslado de su residencia habitual por motivos laborales, consisten en una deducción de 500 euros en el periodo en que el traslado se produzca y en el siguiente. Por último, el autoempleo en jóvenes menores de 35 años que fijen su residencia en zonas de riesgo de despoblamiento, permite una deducción de 1.000 euros.