Novedades Legislativas

Navarra prorroga la reducción del IVA de la electricidad para algunos consumidores y suspende el IVPEE durante el primer trimestre de 2022

Navarra prorroga la reducción del IVA de la electricidad para algunos consumidores y suspende el IVPEE durante el primer trimestre de 2022. Imagen de una bombilla sobre billetes

Se prorroga en el territorio Navarro durante el primer trimestre de 2022 la suspensión temporal del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE)  y se mantiene la aplicación del tipo reducido del 10 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), para determinados suministros de electricidad hasta el 30 de abril de 2022.
En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 8 de febrero de 2022 se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 1/2022, de 2 de febrero, de Armonización Tributaria, por el que se modifica el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, que prorroga en el territorio Navarro la vigencia de determinadas medidas tributarias en el sector eléctrico, así como de medidas de carácter fiscal que tienen como objetivo combatir la pandemia de COVID-19, que en el territorio común se aprobó por el Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables.
Como consecuencia de la prolongación de la pandemia, también se dispone la prórroga hasta el 30 de junio de 2022 de la aplicación del tipo impositivo del 4 por ciento del IVA a las entregas, importaciones y adquisidores intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables y de la aplicación del tipo impositivo del 0 por ciento a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios, que, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Directrices generales del Plan Anual de Control Tributario 2022

Directrices del Plan Anual de Control Tributario 2022. Gráfico de empresario sosteniendo una lupa rastreando dinero

Publicación para 2022 de las directrices generales del Plan anual de Control Tributario y Aduanero.

En virtud del mandato establecido en el artículo 116 de la Ley General Tributaria de elaborar anualmente un plan de control tributario, se ha publicado la Resolución de 26 de enero de 2022, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (BOE de 31 de enero de 2022), donde se publican las directrices generales del citado Plan General de Control Tributario y Aduanero de 2022.

Nueva regulación de las instrucciones para formalizar la declaración Intrastat

Instrucciones para formalizar la declaración Intrastat. Imagen de cajas de cartón con la bandera europea

Se aprueban las instrucciones para la formalización declaración de comercio internacional de bienes dentro de la Unión Europea (Intrastat).

En el BOE de 28 de enero de 2022, y aplicable a partir del 29 de enero, se ha publicado la Resolución de 24 de enero de 2022, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para la elaboración de las estadísticas de comercio internacional de bienes dentro de la Unión Europea (Intrastat).

En la Resolución que estamos reseñando, se aprueban unas nuevas instrucciones para formalizar la declaración Intrastat, motivadas por la entrada en vigor, con efectos a partir del 1 de enero de 2022, del Reglamento (UE) número 2019/2152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativo a las estadísticas empresariales europeas que deroga diez actos jurídicos en el ámbito de las estadísticas empresariales, se vienen a unificar la multiplicidad de normas aplicables a diversas estadísticas europeas, al tiempo que se introducen algunas novedades respecto a las normas vigentes hasta dicho momento.

Murcia, mediante la Ley de Presupuestos de 2022, favorece a los contribuyentes de IRPF, ISD, IP, tributos sobre el juego, tasas y residentes de Lorca

Medidas fiscales Murcia. Bandera de la Región de Murcia

A pesar de la prórroga de presupuestos que se publicó el 23 de diciembre, hoy se ha publicado la Ley de Presupuestos de 2022, adoptando de paso modificaciones de orden fiscal.

El día 27 de enero de 2022 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia la Ley 1/2022, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2022.

Además de las normas presupuestarias, se realizan modificaciones en tributos cedidos y tributos propios. Las medidas se adoptan principalmente a través de la modificación del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre.

Modificaciones reglamentarias en Alava en materia de obligaciones censales, facturación, coeficientes de actualización a aplicar en las transmisiones patrimoniales en el IRPF e IS y las reglas del régimen simplificado de IVA para 2022

Alava aprueba las modificaciones reglamentarias para 2022 (obligaciones censales y facturación, coeficientes IRPF e IS y régimen simplificado IVA). Gráfico de trabajo en equipo efectivo para el sprint del proyecto

Álava modifica sus reglamentos en materia de obligaciones censales y de facturación, aprueba los coeficientes de actualización a aplicar en las transmisiones patrimoniales en el IRPF e IS que se efectúen en 2022 y las reglas del régimen simplificado de IVA para 2022, así como se publica la ampliación del plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones y declaraciones cuya fecha finaliza el 25 de enero de 2022, al igual que han hecho el resto de los territorios forales del País Vasco.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava del 19 de enero de 2022 se publicaron el DECRETO FORAL 2/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 11 de enero que aprueba la modificación del Decreto Foral 3/2011, de 25 de enero, que regula el Censo de los Contribuyentes y obligaciones censales y la del Decreto Foral 18/2013, de 28 de mayo, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación; el DECRETO FORAL 3/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 11 de enero por el que se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2022 y el DECRETO FORAL 4/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 11 de enero que aprueba la regulación para el año 2022 del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Junto a estos tres decretos forales encontramos la ORDEN FORAL 13/2022, de la Primera Teniente de Diputado General y Diputada Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 17 de enero, en la que se establece la ampliación del plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones y declaraciones cuya fecha finaliza el 25 de enero de 2022 hasta el 31 de enero de 2022, en los mismos términos que han aprobado el resto de los de los territorios forales del País Vasco.

Nuevas deducciones en el IRPF y algunas modificaciones en el ITPAJD de Castilla-La Mancha

IRPF Castilla Mancha. Imagen de una madre y un hijo

El Diario Oficial de Castilla-La mancha ha publicado la Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y Administrativas que incluyen interesantes novedades que pasamos a resumir.

Las principales novedades de la Ley se encuentran en el Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas, donde se establecen seis nuevas deducciones, aplicables a los periodos impositivos iniciados el 1 de enero de 2021. También afecta en algunos aspectos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Navarra aprueba sus presupuestos generales para 2022, modifica diversos impuestos (IRPF, IS, ISD, ITP y AJD, IAE, IBI, IVTM, IVTNU) el régimen fiscal de fundaciones y su ley foral general tributaria

Presupuestos, Navarra 2022, medidas tributarias, IRPF, IS, ISD, ITP y AJD, fundaciones, tasas, ley general tributaria, IAE, IBI, IVTM, IVTNU, plusvalía, Tribunal Constitucional, COVID-19. Imagen del escudo de Navarra

Navarra aprueba sus presupuestos generales para 2022 y modifica diversos impuestos incluidas las relativas a la plusvalía para adaptar la regulación del IIVTNU navarro a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional

En el Boletín Oficial de Navarra de 31 de diciembre de 2021 junto con la LEY FORAL 18/2021, de 29 de diciembre, de la Comunidad Foral de Navarra, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2022 se ha publicado la LEY FORAL 20/2021, de 29 de diciembre, de la Comunidad Foral de Navarra, por la que se modifica la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, y la LEY FORAL 19/2021, de 29 de diciembre, de la Comunidad Foral de Navarra, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, que se analizará a continuación.

Mediante la LEY FORAL 20/2021, se modifica la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra para adaptar la regulación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o plusvalía la STC 182/2021, de 26 de octubre ha venido a declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del mencionado TRLRHL, relativos al método de cuantificación de la base imponible pues “el mantenimiento del actual sistema objetivo y obligatorio de determinación de la base imponible, por ser ajeno a la realidad del mercado inmobiliario y de la crisis económica, y, por tanto, al margen de la capacidad económica gravada por el impuesto y demostrada por el contribuyente, vulnera el principio de capacidad económica como criterio de imposición (art. 31.1 CE)”. A pesar de que la sentencia no se refiere a la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra, se considera conveniente introducir una regla de salvaguarda con la finalidad de evitar que la tributación por el IIVTNU pudiera en algún caso resultar contraria al principio de capacidad económica, permitiendo, a instancia del sujeto pasivo, acomodar la carga tributaria al incremento de valor efectivamente obtenido y el sistema objetivo de determinación de la base imponible del impuesto se convierte en un sistema optativo, que solo resultará de aplicación en aquellos casos en los que el sujeto pasivo no haga uso del derecho expuesto anteriormente.

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