Navarra aprueba distintas medidas tributarias para 2024 que afectan al IRPF, IS, IP, ISD, ITP y AJD, fiscalidad de los residuos y del mecenazgo, IIVTNU, tasas y Catastro entre otras
Enviado por Editorial el Vie, 29/12/2023 - 00:00Navarra aprueba distintas medidas tributarias para 2024, que afectan al IRPF, impuesto que se deflacta, al IS,IP, ISD, ITP y AJD, tasas, IIVTNU y normativa catastral para dar respuesta al actual contexto económico de elevada tasa de inflación y, por otro, realizar ajustes técnicos que permitan un mayor control y una mejor gestión por parte de la Administración tributaria para mejorar la equidad en el ámbito tributario y la lucha contra el fraude fiscal.
En el Boletín Oficial de Navarra de 29 de diciembre de 2023 se publicó la LEY FORAL 22/2023, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias para el año 2024, que afectan al IRPF, IS, IP, ISD, ITP y AJD, régimen fiscal del mecenazgo y de los residuos, Catastro y tasas.
Como alivio fiscal generalizado se deflacta la tarifa aplicable a la base liquidable general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de un 4 por ciento para el año 2023 y de un 3 por ciento a partir de 1 de enero de 2024. Asimismo, se elevan un 3 por ciento los mínimos personales y familiares aplicables en 2023 y otro 3 por ciento los aplicables a partir de 1 de enero de 2024.
Asimismo, se incorporan nuevas exenciones como la de la ayuda en pago único de 200 euros que persigue asimismo paliar el efecto del incremento de precios, y por otro, la de las ayudas de los eco-regímenes que forman parte del pago de la nueva PAC, así como el aumento de las deducciones por arrendamiento para acceso a vivienda (David) y de las deducciones por arrendamiento para emancipación (Emanzipa), a la vez que se prorroga la posibilidad de aplicar estas últimas en 2024 por parte de personas desempleadas, aunque no sean jóvenes.
Por otro lado, se completa la transposición de la Directiva (UE) 2016/1164 del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, en lo relativo a la deducibilidad de los gastos financieros en el impuesto sobre sociedades.