La correcta descripción de la operación en factura es esencial para deducir el IVA soportado (AN 05-05-2008)
Enviado por Anonymous (no verificado) el Mié, 08/10/2008 - 20:12La sentencia de la Audiencia Nacional de 5 de mayo de 2008, deniega la deducción del IVA respecto de operaciones que no aparecen individualizadas y concretadas en las respectivas facturas, como en el caso de autos, que no especifican los servicios al referirse a ellos como "trabajos realizados, suministros o servicios prestados". A ello no es obstáculo que se haya admitido la deducción del gasto a efectos del IS, ya que en tal Impuesto los requisitos de deducción difieren.