Devolución de IVA y fallos técnicos: límites a la denegación y garantía de la tutela judicial
Enviado por Editorial el Jue, 19/03/2026 - 09:20El TJUE resuelve un supuesto en el que una solicitud de devolución de IVA presentada por un sujeto pasivo no establecido fue transmitida electrónicamente y recibida por la Administración del Estado miembro de devolución, pero no tramitada debido a problemas técnicos que impedían su lectura, sin que la Administración requiriera su subsanación ni dictara resolución, considerándose posteriormente que la solicitud no había sido presentada, privando al sujeto pasivo tanto del derecho a la devolución del IVA como del derecho de acceso a la justicia para impugnar la inacción de la Administración tributaria.
El TJUE, en su sentencia de 12 de marzo de 2026, recaída en el asunto C-527/24, se pronuncia sobre la interpretación de los art. 170 y 171 de la Directiva del IVA y de la Directiva 2008/9, en relación con los principios de neutralidad, proporcionalidad y buena administración, respecto a la denegación de la devolución del IVA a un sujeto pasivo no establecido por problemas técnicos en la transmisión electrónica de la solicitud y la consiguiente falta de acceso a la tutela judicial frente a la inacción administrativa.














