Estatal

Medidas fiscales contenidas en la nueva Ley de los mercados de Valores y de los Servicios de Inversión

Medidas fiscales contenidas en la nueva Ley de los mercados de Valores y de los Servicios de Inversión. Imagen de un gráfico sobre la bolsa de valores

Se regula el régimen fiscal de las operaciones sobre valores, se modifica la deducción por maternidad aplicable en los períodos 2020 a 2022 para aplicarla a nuevos supuestos y se modifican las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores

En el BOE del 18 de marzo de 2023, se ha publicado la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, la cual entra en vigor, salvo alguna excepción, el 7 de abril de 2023.

Esta nueva Ley deroga expresamente aquellas disposiciones cuyo contenido es objeto de regulación por ella, como son el propio Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores; el Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores, y el Real Decreto-ley 14/2018, de 28 de septiembre, por el que se modifica el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre.

Se aprueba el valor de negociación del cuarto trimestre de 2022 para valores negociados y se modifica el modelo 179 (cesión de uso de viviendas con fines turísticos)

Valores negociados Modelo 179. Imagen del gráfico

Se modifica el plazo de presentación del modelo 179 (1 y el 31 de enero de cada año). Este nuevo plazo será aplicable, por primera vez, a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2023, que deberán presentarse en enero de 2024

Próximo el comienzo del plazo de presentación de la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, correspondiente al ejercicio 2022 y de la declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas (modelo 189), la Orden HFP/188/2023, de 27 de febrero (BOE de 28 de febrero), aprueba la relación de valores negociados en centros de negociación, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2022, a efectos de la declaración del Impuesto Sobre el Patrimonio del año 2022 y

Directrices generales del Plan Anual de Control Tributario 2023

Control tributario 2023. Una lupa en primer plano, encima de una moneda y billetes
p>Publicación para 2023 de las directrices generales del Plan anual de Control Tributario y Aduanero

En virtud del mandato establecido en el artículo 116 de la Ley General Tributaria de elaborar anualmente un plan de control tributario, se ha publicado la Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (BOE de 27 de febrero de 2023), donde se publican las directrices generales del citado Plan General de Control Tributario y Aduanero de 2023.

Publicada en el BOE la Orden que establece la relación de jurisdicciones no cooperativas

Jurisdicciones no cooperativas. Una lancha procedente de un yate se acerca a una isla con forma del símbolo del dólar

Se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas

La disposición adicional primera de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, en la redacción dada por el artículo decimosexto de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, contiene la definición de países y territorios que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas y señala que tendrán esta consideración “los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que se determinen por el Ministro de Hacienda mediante orden Ministerial”.

Aprobados los modelos de declaración de los gravámenes temporales energético y de entidades de crédito: modelos 795, 796, 797 y 798

Modelos 795 y 797

Como es conocido la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, creó 2 gravámenes temporales: el energético y el de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, los cuales tienen la naturaleza jurídica de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario y se exigirán en los años 2023 y 2024.

La obligación de pago de ambos gravámenes nace el 1 de enero de los años en que resulte exigible e incluye la obligación de satisfacer un pago anticipado.

Para ello, la Orden HFP/94/2023, de 2 de febrero (BOE de 3 de febrero), aprueba los modelos 795, "Gravamen temporal energético. Declaración del ingreso de la prestación", 796, "Gravamen temporal energético. Pago anticipado", 797, "Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Declaración del ingreso de la prestación" y 798, "Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Pago anticipado", y establece las condiciones y el procedimiento para su presentación.

Cambios en el Reglamento del IRPF en materia de retenciones de los artistas

Cambios en el Reglamento del IRPF en materia de retenciones (Estatuto del Artista). Imagen de un escenario en un concierto

Se reducen los tipos de retención aplicables a los artistas (rendimientos del trabajo y de actividades económicas)

El Real Decreto 31/2023, de 24 de enero (BOE de 25 de enero y en vigor al día siguiente), modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista en materia de retenciones.

En concreto son dos las medidas que se adoptan (ver cuadro comparativo):

Cambios en el tipo del recargo de equivalencia en el IVA para las operaciones que tributan al tipo impositivo del 5 por ciento (arts. 1 y 72 RDL 20/2022)

RDL 1/2023: Tipo del recargo de equivalencia en el IVA. Imagen de pellets de madera y pieza de calefacción

Pasa, con efectos desde el 1 de enero de 2023, del 0,625 al 0,62 por ciento y se define como acontecimiento de excepcional interés público a la celebración de la Bienal Manifesta 15 Barcelona.

En el BOE de 11 de enero de 2023 se ha publicado Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas (RDL 1/2023), en cuya disposición adicional decimosexta se modifica el tipo del recargo de equivalencia aplicable en el Impuesto sobre el Valor Añadido para las operaciones que tributan al tipo impositivo del 5 por ciento a que se refieren el apartado 2 del artículo 1 (gas natural, briquetas y «pellets» procedentes de la biomasa y a la madera para leña) y el párrafo cuarto del apartado 1 del artículo 72 (Los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias) del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, que pasa, con efectos desde el 1 de enero de 2023, del 0,625 al 0,62 por ciento.

Modificación del modelo 140 sobre el abono anticipado de la deducción por maternidad

IRPF: modificado el modelo 140 . Imagen de una madre jugando con su bebe encima de la cama

Los cambios vienen motivados por la nueva regulación en la LIRPF de la deducción por maternidad efectuada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023

En el BOE de 30 de diciembre de 2022 y en vigor el 1 de enero de 2023, se ha publicado la Orden HFP/1336/2022, de 28 de diciembre, que modifica la Orden HAC/177/2020, de 27 de febrero, por la que se aprueba el modelo 140, de solicitud del abono anticipado de la deducción por maternidad del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regula la comunicación de variaciones que afecten al derecho a su abono anticipado y otra normativa tributaria.

Desarrolladas las normas generales de aplicación del impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos

 Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Imagen de unos montones de botellas aplastadas para reciclar

Aprobación del modelo de autoliquidación, regulación de la inscripción en el Registro territorial de los obligados tributarios y aprobación del modelo de tarjeta de inscripción.

En el BOE de 30 de diciembre de 2022 y en vigor el 1 de enero de 2023, se ha publicado la Orden HFP/1337/2022, de 28 de diciembre, que aprueba el modelo 593 «Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Autoliquidación», se establece la forma y procedimiento para su presentación, se regula la inscripción en el Registro territorial de los obligados tributarios por el Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos y se aprueba el modelo de tarjeta de inscripción.

Desarrolladas las normas generales de gestión del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables

IE envases de plástico no reutilizables: normas de gestión. Imagen de familia clasificando los residuos

Aprobación de los modelos de autoliquidación y solicitud de devolución y regulación de la inscripción en el Registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de existencias.

A dos días de la entrada en vigor del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables (1 de enero de 2023) se ha publicado en el BOE de 30 de diciembre de 2022 la Orden HFP/1314/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 592 «Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación» y el modelo A22 «Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Solicitud de devolución», se determinan la forma y procedimiento para su presentación, y se regulan la inscripción en el Registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de existencias.

Páginas