Foral

El Impuesto sobre Depósitos en las Entidades de Crédito en Navarra

Hoy día 28 de abril,  se ha publicado el Boletín Oficial de Navarra la Ley Foral 6/2014, de 14 de abril, del Impuesto sobre Depósitos en las Entidades de Crédito.

En grandes líneas podemos señalar, que mediante esta Ley se crea el Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito, que grava los depósitos constituidos en las entidades de crédito que actúen en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra. Constituye el hecho imponible el mantenimiento de fondos de terceros, cualquiera que sea su naturaleza jurídica. La cuota íntegra será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo impositivo del 0,03 por ciento. Se establecen igualmente una serie de exenciones y deducciones y la regulación de la gestión, recaudación e inspección respecto a este impuesto.

Aprobado el Reglamento del IRPF de Bizkaia

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 23 de abril de 2014, ha sido publicado el Decreto Foral 47/2014, de 8 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y que completa la reforma de la tributación de las personas físicas operada por la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al objeto de reforzar los principios de equidad, progresividad, neutralidad, transparencia y simplificación, reclamando mayores esfuerzos a aquellos contribuyentes que tengan mayor capacidad económica.

Publicada la modificación del Concierto Económico del País Vasco

En el BOE de hoy día 22 de abril,  se ha publicado la Ley 7/2014, de 21 de abril, que modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, que aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, para adaptarse a las últimas reformas del sistema tributario y concertar los nuevos impuestos estatales creados. La citada ley entra en vigor el 23 de abril de 2014, si bien los tributos concertados que incorpora se entienden concertados con efectos del 1 de enero de 2013.

Ratificado el Acuerdo Primero de la Comisión Mixta del Concierto Económico de 16 de enero de 2014

Hoy ha sido publicado en el Boletín oficial de Bizkaia la Norma Foral 1/2014, de 26 de marzo, de ratificación del Acuerdo Primero de la Comisión Mixta del Concierto Económico de 16 de enero de 2014.

De acuerdo con la disposición adicional segunda de la Ley 12/2002, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, si se produce una reforma del ordenamiento jurídico del Estado que afecte a los tributos concertados, es necesario la pertinente adaptación del Concierto Económico, requiriéndose para ello seguir el mismo procedimiento que para su aprobación.

El propio Concierto Económico  atribuye a la Comisión Mixta del Concierto Económico la función de acordar las modificaciones de su texto legal. Conforme a ello, la Comisión ha acordado la modificación de los artículos 1, 10, 22, 25, 33, 34, 36, 37, 43, 46, 64, 65, 66, así como la adición de los artículos 23 bis, 23 ter, 23 quáter, 23 quinquies, las disposiciones transitorias undécima, duodécima y decimotercera, y la supresión de la disposición adicional quinta y la disposición transitoria sexta. Asimismo, se adaptan los títulos y secciones correspondientes a las modificaciones introducidas. Estas modificaciones requieren su posterior tramitación en las Cortes Generales a efectos de su incorporación al texto legal del Concierto, así como la aprobación por parte de estas Juntas Generales de las Normas Forales reguladoras de los nuevos tributos objeto de concertación y la adaptación, en su caso, las diferentes Normas Forales de carácter tributario que resultan afectadas.

Modificación de la Norma Foral del IVA de Bizkaia

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia de hoy,  24 de marzo de 2014, se ha publicado el Decreto Foral Normativo 1/2014, por el que se modifica la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido para incorporar a la normativa tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia las novedades en la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido que en el territorio estatal han establecido la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 y el Real Decreto-ley 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte y otras medidas económicas.

Modificación del tipo de retención del Impuesto sobre Sociedades en Gipuzkoa

Mediante el Decreto Foral 6/2014, de 4 de marzo, publicado en el  Boletín Oficial de Gipuzkoa del hoy, 12 de marzo de 2014, se establece el porcentaje de retención o ingreso a cuenta en un 21 por ciento con carácter general en el Impuesto sobre Sociedades.

Esto se debe a que el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por medio de la Ley 12/2002, de 23 de mayo, establece que en la exacción de determinadas retenciones e ingresos a cuenta, las Diputaciones Forales aplicarán idénticos tipos a los de territorio común.

Álava: Ampliación del supuesto de la dación en pago

Mediante la Norma Foral 7/2014, de 26 de febrero, publicada en el Suplemento  Boletín Oficial de Alava del hoy, 10 de marzo de 2014, se modifica la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, con el fin  de ampliar el supuesto de hecho introducido por la Norma Foral 7/2012, de 23 de abril, de modificación de la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, por el que se estableció que en las transmisiones de terrenos como consecuencia de la ejecución hipotecaria de la vivienda habitual, tendría la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente la persona física o jurídica, o la entidad, adquirente del terreno, impidiéndose, en estos casos, a dicho sustituto repercutir la obligación tributaria satisfecha. Mediante esta modificación, se incluye en  el supuesto de la dación en pago de la vivienda previsto en el RDLey  6/2012, de 9 de marzo, para que tenga la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente la entidad adquirente del inmueble, impidiéndose, igualmente en estos casos, a dicho sustituto repercutir la obligación tributaria satisfecha.

Armonización legislativa de la normativa navarra del IVA e II.EE.

En el Boletín Oficial Navarra de hoy,  28 de febrero de 2014, se han publicado el Decreto Foral Legislativo  1/2014, de 12 de febrero, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido y el Decreto Foral Legislativo  2/2014, de 12 de febrero, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 20/1992, de 30 de diciembre, de Impuestos Especiales, de forma que en el territorio navarro se apliquen los mismos principios básicos, normas sustantivas y formales que los vigentes en cada momento en territorio del Estado.

Adaptación normativa alavesa a los cambios normativos producidos en materia de IRNR, IVA e II.EE

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de hoy, 19 de febrero de 2014, se ha publicado el Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 1/2014, del Consejo de Diputados de 4 de febrero, que adapta a la normativa tributaria alavesa diversas modificaciones introducidas en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, el Impuesto sobre el Valor Añadido y los Impuestos Especiales, resultantes de la aprobación de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, y de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.

Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en Álava

Mediante el Decreto Foral 5/2014, del Consejo de Diputados de 11de febrero, aprobado en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de hoy, 19 de febrero de 2014, se ha modificado el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de pagos a cuenta.

El Real Decreto-ley 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas mantiene para el año 2014 el tipo de retención general del 21 por 100, con el objeto de equiparar el porcentaje de retención o ingreso a cuenta aplicable en este Impuesto, respecto del existente en el IRPF, para el citado ejercicio 2014.

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