Información de la AEAT sobre la exención en IRPF de las prestaciones por maternidad/paternidad percibidas de la Seguridad Social
Enviado por Editorial el Mar, 04/12/2018 - 07:08La sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 fija como doctrina legal que “Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.
La Dirección General de Tributos interpreta que esta doctrina es igualmente aplicable a las prestaciones por paternidad percibidas de la Seguridad Social.











