Alava regula la acreditación de la residencia por fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva a efectos de la aplicación de determinadas exenciones
Enviado por Editorial el Mié, 26/02/2020 - 11:00El Reglamento del IRNR de Álava introduce una nueva disposición con las normas para acreditar de la residencia por fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva a efectos de la aplicación de determinadas exenciones, con efectos desde el 20 de octubre de 2019.
En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava del día de hoy, se ha aprobado, con efectos desde el 20 de octubre de 2019, el DECRETO FORAL 6/2020, que modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes en materia de acreditación de la residencia por fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva a efectos de la aplicación de determinadas exenciones.
A efectos de la aplicación de la exención prevista en el art. 14.1.b) de la NORMA FORAL 21/2014, de 18 de junio, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes establece la exención de los intereses y de otros rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios, así como de las ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles, con ciertas excepciones, siempre que tales rentas sean obtenidas sin mediación de establecimiento permanente por residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea o por establecimientos permanentes de dichos residentes situados en otro Estado miembro de la Unión Europea.