Mediante esta norma se aprueban medidas aplicables con carácter general durante 2021, que dan continuidad a las medidas adoptadas para el año 2020 en materia de IRPF, IS, ISD e IVA, incluyendo la eliminación del último pago fraccionado del IRPF y un fraccionamiento excepcional, sin intereses de demora y sin necesidad de presentar ningún tipo de garantía, a favor de los contribuyentes que desarrollen actividades económicas y se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales
En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava del día 9 de diciembre de 2020 se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 14/2020, del Consejo del Gobierno Foral de 1 de diciembre, por el que se aprueban las medidas tributarias para 2021 para paliar los efectos de la pandemia provocada por la COVID-19.
Mediante el presente Decreto Normativo de Urgencia Fiscal se adoptan nuevas medidas tributarias con la finalidad de paliar los efectos de la pandemia provocada por la COVID-19. Así, se aprueban medidas de carácter extraordinario y temporal que tienen que ver con la determinación del rendimiento neto de determinadas actividades económicas en el IRPF, con los límites cuantitativos que determinan la obligación de autoliquidar dicho tributo y con las rentas exentas, dónde se incluyen, entre otras, determinadas ayudas relacionadas con el alquiler de viviendas y con el apoyo a las familias para la asistencia, atención y cuidado de hijos e hijas, personas dependientes o enfermas. Además, en lo que respecta al este impuesto se prorrogan para el 2021, en algunos casos con determinadas matizaciones, medidas aprobadas con anterioridad pero que tenían una duración temporal limitada al 2020, como la deducción por obras de renovación de la vivienda habitual y la deducción por instalaciones de puntos de recarga de vehículos eléctricos. Respecto al pago fraccionado, se elimina el último pago que quedaba pendiente de anular correspondiente al 2020.