Novedades Legislativas

Publicada la modificación normativa para prorrogar hasta el 17 de abril el plazo de presentación de declaraciones con domiciliación bancaria del pago

La Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ha sido modificada por la Orden HAP/725/2012, de 12 de abril, para ampliar con carácter excepcional hasta el 17 de abril (en lugar del 15) el plazo de presentación telemática de las autoliquidaciones con domiciliación de pago que a continuación se relacionan:

  • Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.
  • Modelo 115: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes). Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • Modelo 123. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes). Retención e ingreso a cuenta. Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas.
  • Modelo 130. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Actividades económicas en estimación directa. Pago fraccionado.

Medidas tributarias para la reducción del déficit en Illes Balears

En fecha de 31 de marzo de 2012 se ha publicado, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Illes Balears, el Decreto Ley 4/2012, de 30 de marzo, de Medidas Tributarias para la Reducción del Déficit de la Comunidad Autónoma.

Bajo los principios de capacidad económica, igualdad y progresividad que deben inspirar el sistema tributario, se ejercen determinadas competencias normativas sobre algunos tributos estatales cedidos. Así, se regula una nueva deducción autonómica para gastos en primas de seguros individuales de salud en el IRPF; el tipo de gravamen aplicable a las transmisiones onerosas de determinados bienes muebles en el ITP y AJD; por primera vez se regula en las Illes Balears el tipo de gravamen autonómico respecto de las gasolinas, el gasóleo de uso general, el fueloil y el queroseno de uso general en el IVMDH; y se regula también por primera vez en las Illes Balears el tipo de gravamen del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, pero solo para los medios de transporte que emiten más CO2 incluidos dentro del epígrafe 4º del artículo 70.1 de la Ley 38/1992 (Ley II.EE.).

IS e IRNR 2011: Proyecto de Orden por la que se aprueban los modelos de declaración del IS y del IRNR para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011

IS e IRNR 2011: Proyecto de Orden por la que se aprueban los modelos de declaración del IS y del IRNR para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011

Pese a que puede sufrir alguna modificación antes de su aprobación definitiva, pues se trata de una normativa en tramitación, ya se puede consultar el proyecto de la orden por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.

Real Decreto-Ley 12/2012: desde una “amnistía fiscal” hasta la limitación de ciertas deducciones, gastos financieros e incremento de pagos fraccionados

En relación con el ámbito tributario, no han bastado para la reducción del déficit público las medidas incorporadas en el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera (establecimiento de un gravamen complementario a la cuota íntegra estatal en los ejercicios 2012 y 2013 en el IRPF, incremento de los tipos impositivos del IBI en inmuebles urbanos tomando en consideración el año de entrada en vigor de la correspondiente ponencia total de valores del municipio, para períodos impositivos que se inicien en los años 2012 y 2013), sino que han sido necesarias adoptar otras y estas están contenidas en el Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público.

A continuación se agrupan, clasificadas por impuestos, las medidas que se recogen en el mencionado real decreto-ley.

Impuesto sobre Sociedades

En relación con este impuesto son varias las novedades introducidas:

Aprobados los modelos de declaración del IRPF y del IP correspondientes al ejercicio 2011

En la Orden HAP/638/2012, de 26 de marzo, se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2011, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación o suscripción del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.

Por lo que respecta a las novedades más relevantes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2011 reflejadas en el modelo de declaración (Modelo D-100) tienen por objeto:

  • Restablecer, con efectos desde el 1 de enero de 2011, la deducción por inversión en vivienda habitual cualquiera que sea la base imponible del contribuyente, con la única diferencia respecto a la regulación aplicable en ejercicio 2010 de que se eleva la base máxima de deducción a 9.040 euros en los supuestos de adquisición o rehabilitación de vivienda y para las cantidades depositadas en cuenta vivienda, y a 12.080 euros en el caso de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad.
  • Contempla el modelo de declaración la deducción por obras de mejora en la vivienda introducida por el Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de abril, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas.

Medidas fiscales en Cataluña y creación del Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos

Junto con la Ley de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2012, se ha publicado la Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.

El capítulo II, dedicado a los tributos cedidos, recoge medidas de carácter técnico en materia de IRPF e ISD. En relación con el ITP y AJD, se incrementan los tipos de gravamen de la modalidad de actos jurídicos documentados; previéndose, sin embargo, bonificaciones en la cuota del Impuesto que grava determinadas operaciones, como por ejemplo la novación de créditos hipotecarios. En esta misma línea de disminución de la presión fiscal, se establecen, entre otras, una bonificación en la cuota para la transmisión a la entidad financiera de la vivienda habitual por parte de la persona física que no puede hacer frente al pago del crédito o préstamo hipotecario, cuando se dan determinadas circunstancias. En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, se modifica el mínimo exento ahora vigente para fijarlo en el importe aprobado en el ámbito estatal, es decir, 700.000 euros.

Nueva regulación del aprovechamiento por turno de bienes inmuebles y su régimen fiscal

El 18 de marzo entró en vigor, a través del Real Decreto-ley 8/2012, de 16 de marzo, una nueva regulación del régimen jurídico de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio, derogando para ello su regulación anterior contenida en la Ley 42/1998, de 15 de diciembre, sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico y normas tributarias.

Mediante este Real Decreto-ley se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2008/122/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de enero de 2009, relativa a la protección de los consumidores con respecto a determinados aspectos de los contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio y por lo que a los derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico se refiere, la novedad respecto a la regulación anterior consiste en permitir cualquier modalidad contractual de constitución del derecho de naturaleza personal o de tipo asociativo, que tenga por objeto la utilización de uno o varios alojamientos para pernoctar durante más de un período de ocupación, a las que resultarán aplicables las disposiciones de Real Decreto-ley y de la legislación general de protección del consumidor.

Medidas fiscales de Aragón para 2012

La Ley 3/2012, de 8 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, con entrada en vigor el 20 de marzo de 2012, ha adoptado una batería de medidas tributarias para 2012, con un objetivo primordial: la lucha contra el desempleo, y lo hace proyectando su interés por proteger el trabajo en todos los impuestos sobre los que es posible desplegar tal capacidad normativa.

Unos beneficios fiscales que serán efectivos desde el 1 de enero de 2012, según dispone su disposición transitoria cuarta.

Así, la protección del empleo permite una sustancial minoración de la tributación en la adquisición onerosa de empresas o unidades económicas autónomas, en la adquisición lucrativa mortis causa o gratuita de empresas entre quienes tienen un parentesco más lejano o incluso no lo tienen, en la adquisición lucrativa de un capital siempre que se destine a la generación de empleo o en la rebaja de los tipos impositivos de las empresas que, en el sector de juego, evidencien su compromiso en la defensa de los puestos de trabajo.

Siendo la apuesta por el empleo el hilo conductor de esta ley, es fácil encontrar en ella medidas para incrementar también la actividad económica. Además, en dos frentes que resultan decisivos: el fomento de la inversión y la eliminación de trabas en el acceso al crédito por parte de familias y empresas.

Medidas fiscales para favorecer a deudores hipotecarios sin recursos

El Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas de protección de deudores hipotecarios sin recursos, con entrada en vigor el 11 de marzo de 2012, contiene una serie de medidas conducentes a procurar la reestructuración de la deuda hipotecaria de quienes padecen extraordinarias dificultades para atender su pago, así como mecanismos de flexibilización de los procedimientos de ejecución hipotecaria.

La mayoría de las medidas van a ser de aplicación a quienes se encuentren situados en el umbral de exclusión, fijándose la definición al mismo como:

  1. Que sea la primera y única vivienda.
  2. Que todos los miembros de la unidad familiar carezcan de rentas derivadas del trabajo o de actividades económicas.
  3. Que la cuota hipotecaria resulte superior al 60% de los ingresos netos que perciban el conjunto de los miembros de la unidad familiar.
  4. Que el conjunto de los miembros de la unidad familiar carezca de bienes o derechos patrimoniales con los que hacer frente a la deuda.

Publicados los nuevos modelos de cuentas anuales para su presentación y depósito en el Registro Mercantil

Mediante dos resoluciones, fechadas el 29 de febrero de 2012, la Dirección General de los Registros y del Notariado aprueba nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales.

La primera de las resoluciones modifica el Anexo III de la Orden JUS/1698/2011, de 13 de junio, por la que se aprueba el modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas, limitándose, al no haberse producido ningún cambio normativo de carácter contable durante el ejercicio 2011 que afecte al referido modelo, a corregir una errata en la Definición de test de errores, que constituye el Anexo III de la referida Orden.

La segunda resolución procede de igual manera, actualizando únicamente –pues tampoco ha habido cambios normativos contables que afecten a los modelos de depósito-, los test de corrección errores de los modelos publicados en el Anexo III de la Orden JUS/206/2009, de 28 de enero, por la que se aprueban nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación

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