Bizkaia modifica su normativa de IVA para adaptarla a la normativa del Estado y de la UE
Enviado por Editorial el Jue, 23/04/2020 - 14:23En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 23 de abril de 2020 se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2020, de 21 de abril, por el que se modifica la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
En concreto se procede a adaptar la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido en el territorio de Bizkaia a las modificaciones introducidas en la normativa del territorio común del Estado por el REAL DECRETO-LEY 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales, ha supuesto la introducción de modificaciones en la normativa reguladora del IRNR, IVA e II.EE, así como se introduce la prórroga para el período impositivo 2020 de los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el IVA, conforme al REAL DECRETO-LEY 18/2019, de 28 de diciembre. Así estos límites en el año 2020 serán de 150.000 euros en el caso de la aplicación del régimen simplificado y 250.000 euros anuales, para las actividades agrícolas, forestales y ganaderas.