No se consideran vinculadas al precio las subvenciones a servicios de transporte municipal prestados por un operador privado en virtud de contrato de concesión
Enviado por Editorial el Vie, 22/12/2017 - 10:01Generalmente porque al tratarse de actividades financiadas total o parcialmente por la Administración no se prestan en régimen de libre concurrencia
La Dirección General de Tributos, en su consulta de 11 de diciembre de 2017, resuelve la cuestión relativa a si una subvención municipal fija anual que tiene por objeto compensar el déficit económico de una concesión está sujeta al IVA.
Así, en el caso analizado, un ayuntamiento ha adjudicado a un empresario la gestión del servicio público de transporte municipal de viajeros. El servicio es deficitario en virtud de las tarifas aprobadas por lo que el propio contrato establece que la retribución del concesionario estará formada por las tarifas municipales vigentes en cada momento, ingresos publicitarios que pudiera percibir, así como, una subvención anual fija otorgada por el ayuntamiento que podrá verse incrementada el 10 por ciento, en concepto del IVA.