El TJUE analiza los conceptos de sujeto pasivo, y actividad económica a los efectos de determinar la no sujeción al IVA de los municipios por las actividades u operaciones en las que actúan como autoridades públicas
Enviado por Editorial el Vie, 31/03/2023 - 14:12El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en dos sentencias de 30 de marzo de 2023 ha concluido que no constituye una entrega de bienes y una prestación de servicios sujetas al IVA las actividades que un municipio encargue a terceros operadores del mercado cuando dichas actividades no tengan por objeto obtener ingresos continuados en el tiempo al estar financiadas las mencionadas operaciones en todo o en parte con fondos públicos.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en dos sentencias de 30 de marzo de 2023 ha concluido que no constituye una entrega de bienes y una prestación de servicios sujetas al IVA el hecho de que un municipio entregue e instale, a través de una empresa, sistemas de energías renovables a aquellos de sus residentes propietarios de inmuebles que hayan manifestado el deseo de equiparse con ellos, (asunto C-612/21) ni tampoco el hecho de que un municipio encargue a una empresa que efectúe operaciones de retirada de amianto y de recogida de productos y residuos de amianto en beneficio de aquellos de sus residentes propietarios de inmuebles que hayan manifestado estar interesados, (asunto C-616/21) ya que ambas actividades no tienen por objeto obtener ingresos continuados en el tiempo, al estar financiadas las mencionadas operaciones en todo o en parte con fondos públicos.