Autorización legal de actuaciones tributarias a través de sistemas digitales
Enviado por Editorial el Mié, 17/06/2020 - 09:11Las actuaciones de la Administración y de los obligados tributarios en los procedimientos de aplicación de los tributos podrán realizarse a través de sistemas digitales (videoconferencias u otros sistemas similares).
El Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio (publicado en el BOE y en vigor el 17 de junio), que regula la creación del Fondo COVID-19 y establece las reglas relativas a su distribución y libramiento, modifica en su disposición final primera la Ley 58/2003, de 27 de diciembre, General Tributaria, para regular las actuaciones mediante videoconferencias u otro sistema similar en los procedimientos de aplicación de los tributos.