Estatal

Aprobados y publicados los modelos de acreditación de la residencia a efectos de la aplicación de la exención del art. 14.1.c) del TRLIRNR

Acreditación residencia. Anexo II Fondo de Pensiones

Se aprueban los modelos de acreditación de la residencia por fondos de pensiones e IIC a efectos de la aplicación de determinadas exenciones, así como la adaptación de la documentación exigible con el modelo 210 al contenido de la disp. adic. tercera del RIRNR

Como es conocido el Real Decreto 595/2019, de 18 de octubre, modificó el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (RIRNR), para incorporar un régimen especial de acreditación de la residencia por fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva (IIC) a efectos de la aplicación de la exención del artículo 14.1,c) del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (TRLIRNR), incorporando para ello una disposición adicional tercera en el citado RIRNR y dejando pendiente de aprobación posterior de varios modelos de declaración que deben ser realiz

IVA: Aprobación del modelo 318

Modelo 318

«Regularización de las proporciones de tributación de los periodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios»

En el BOE de 31 de diciembre de 2019 y en vigor el 1 de enero de 2020, se ha publicado la Orden HAC/1270/2019, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 318, «Impuesto sobre el Valor Añadido. Regularización de las proporciones de tributación de los periodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios», que tienen que presentar los contribuyentes que hubieran estado sometidos a la competencia exaccionadora de una Administración tributaria, foral o común, en los períodos de liquidación anteriores al momento en que inicien la realización habitual de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a su actividad y a otra diferente en los períodos de liquidación posteriores, o cuando haya variado sustancialmente la proporción en la que tributan a las distintas Administraciones, común o forales, en los mencionados períodos de liquidación, procederán a la regularización de las cuotas devueltas, efectuándose la misma de conformidad con los porcentajes de tributación a cada una de las Administraciones afectadas correspondientes al primer año natural completo posterior al inicio de la realización habitual de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a su actividad.

Novedades en la regulación del modelo 390 y en la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas

Modelo 390

Se aprueba un nuevo modelo 390 y se suprime la presentación telemática mediante mensaje SMS de las declaraciones informativas correspondientes a los modelos 390, 347 y 190

En el BOE del día 31 de diciembre de 2019, se ha publicado la Orden HAC/1274/2019, de 18 de diciembre, que modifica la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.

Precios medios de venta para 2020 aplicables en la gestión del ITP y AJD, ISD e IE sobre Determinados Medios de Transporte

Precios medios venta. Coches usados

Se actualizan para  el año 2020 los precios medios de venta y los porcentajes aplicables a los mismos.

Como es habitual por estas fechas, en el BOE de 31 de diciembre de 2019, se ha publicado la Orden HAC/1273/2019, de 16 diciembre (en vigor el 1 de enero de 2020), que aprueba los precios medios de venta de vehículos de turismo, todo terrenos, motocicletas, embarcaciones de recreo y motores marinos para 2020, que serán utilizables como medios de comprobación de valores a los efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

Publicada la Orden que aprueba los formularios de inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas prestadoras de servicios a sociedades y fideicomisos

Inscripción registro mercantil. Imagen de un formulario de solicitud

También se aprueba el modelo por el que las personas físicas o jurídicas que de forma empresarial presten aquellos servicios puedan realizar la declaración anual de actividad a que vienen obligados.

En el BOE de 28 de diciembre de 2019, y en vigor el 29 de diciembre, se ha publicado la Orden JUS/1256/2019, de 26 de diciembre, sobre la inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas o jurídicas que de forma empresarial o profesional prestan los servicios descritos en el artículo 2.1.0) de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

La citada orden aprueba y regula la utilización de los formularios preestablecidos necesarios para que las personas físicas o jurídicas que de forma empresarial o profesional que presten todos o alguno de los servicios descritos en el artículo 2.1.o) de la citada Ley, cumplan con su obligación de inscripción en el Registro Mercantil y de realizar la declaración anual sobre dichas actividades.

También se regula el modelo por el que las personas físicas o jurídicas que de forma empresarial presten aquellos servicios puedan realizar la declaración anual de actividad a que vienen obligados.

Las obligaciones de inscripción registral y la declaración anual de actividades, corresponden como hemos indicado a todos aquellos sujetos que presten los servicios previstos el artículo 2.1.o), con independencia de que se encuentren ya sometidos a la citada Ley 10/2010, dentro de cualquier otra categoría de sujetos obligados.

Últimas medidas fiscales publicadas en 2019 para 2020

Medidias fiscales y catastrales 2020. Imagende una ciudad con edificios

Nueva prórroga de la vigencia del Impuesto sobre el Patrimonio y de los límites cuantitativos de aplicación de la tributación por módulos. Además, se incluye la relación de actividades prioritarias de mecenazgo y se aprueban los coeficientes de actualización de los valores catastrales de inmuebles urbanos

El BOE de 28 de diciembre de 2019, ha publicado el Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre (en vigor el 29 de diciembre de 2019), por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social.

A continuación recogemos las principales medidas de índole tributaria y catastral que se recogen en el citado real decreto-ley:

Tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre de 2020, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros

Empresario sorprendido mirando un gráfico de las tasas de interés

Publicado el tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre de 2020 a efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto

En el BOE de 26 de diciembre de 2019 se ha publicado la Resolución de 16 de diciembre de 2019, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre natural del año 2020, a efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en los artículos 63 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades y 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Los tipos de referencia que resultan para el primer trimestre natural de 2020 son para:

Publicado para 2020 el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado

Calendario mensual. Días inhábiles

Se establece a efectos de cómputos de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2020.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Resolución de 27 de noviembre de 2019 (BOE de 4 de diciembre), de la Secretaría de Estado de Función Pública, aprueba el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2020, en el ámbito de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos.

Publicada en el BOE y con mínimos cambios la Orden de módulos para 2020

Orden de módulos 2020. Escaparate tienda comestibles

Aprobados para 2020 los signos, índices o módulos correspondientes al método de estimación objetiva del IRPF, así como los índices y módulos del régimen especial simplificado de IVA y se establecen los plazos de renuncias o revocaciones a los mencionados regímenes.

Con entrada en vigor el 1 de diciembre de 2019 y con efectos para el año 2020, la Orden HAC/1164/2019, de 22 de noviembre, (BOE de 30 de noviembre de 2019), desarrolla para el año 2020 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, manteniendo la estructura de la Orden HAC/1264/2018, de 27 de noviembre, que fue la aplicable para el año 2019.

El BOE publica el Protocolo y su Memorando de entendimiento, de modificación del Convenio para evitar la doble imposición entre España y Estados Unidos

Imagen de dos manos entrelazadas con la bandera de España y la de EEUU

El Protocolo y su Memorando de entendimiento entrarán en vigor el 27 de noviembre de 2019 e incorpora modificaciones importantes entre otras, en materia de ganancias de capital, de dividendos, intereses y cánones, y en el intercambio de información tributaria.

Después de casi siete años desde que se firmarse el acuerdo entre ambos países (14 de enero de 2013), se ha publicado en el BOE de 23 de octubre de 2019, el Protocolo y su Memorando de entendimiento, que modifican el Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal respecto de los impuestos sobre la renta, y su Protocolo, firmado en Madrid el 22 de febrero de 1990.

El protocolo modifica hasta 14 artículos del Convenio existente para adaptarlo a las necesidades de las relaciones económicas y comerciales actuales entre ambos países, como a los cambios que se han ido produciendo en el Modelo de Convenio de la OCDE para evitar la doble imposición.

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